es una contibucion especial como podemos ver a simple vista ¿pero sera viable? que pasara con todos aquellos locos que fingiran o planeran accidentes intencionales, que pasara si en toda tu vida no se hace uso pesonal es decir que nosotros lo necesitamos? que pasara si tu persona no provoca un accidente, bueno y muchas mas preguntas que pueden surgir.
Igual que yo pagando ISSS e IPSFA y resulta que no voy a seguro social porque no hay medicinas y cuando voy por alguna especialidad me dejan la cita para entre ocho o diez meses...
En el IPSFA uno se retira y el dinero que tiene "ahorrado" no se lo dan sino hasta que cumpla los 50 años... y si no llego a los 50?
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
A titulo personal tampoco me siento muy contenta con esta nueva medida que ha tomado el gobierno, me parece que mas bien es una medida rápida para que el Estado consiga fondos para soportar con toda la falta de liquidez que tiene.
Y es seguro que habrá mas de un ''loco'' que valore mas una cantidad de dinero que su propia vida y busque ser ''victima'' de un accidente de transito
MMelendez escribió: A titulo personal tampoco me siento muy contenta con esta nueva medida que ha tomado el gobierno, me parece que mas bien es una medida rápida para que el Estado consiga fondos para soportar con toda la falta de liquidez que tiene.
Y es seguro que habrá mas de un ''loco'' que valore mas una cantidad de dinero que su propia vida y busque ser ''victima'' de un accidente de transito
Exacto.
Si en realidad se buscara una forma de ayudar a las victimas entonces el 100% del fondo se destinaria para eso y no para "comprar " los buses viejos.
Mejor hubiern puesto seguro obligatorio con las aseguradoras.
impuesto nuevo: dinero facil para el goes......si de verdad les interesara el bienestar de la mayoria hace tiempo hubieran sacado de circulacion tanta guarola vieja.
No es impuesto eso que quede claro, pero si es una contribucion especial en el codigo tributario bien hace la diferencia. Artículo 12.- Los tributos se clasifican en: impuestos, tasas y contribuciones especiales. 13; 14; y 15 y se estrablece tambien en la ley especial FONAT art. 15
Qué pasará con aquellos que jamás en su vida nunca han ocasionado un accidente?
Los que nunca ocasionan problemas pagarán lo que hacen los irresponsables?
Los irresponsables con iguales a los responsables?
Debieron hacer una ley que sancione a los peatones irresponsables y negligentes.
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
Estimados, me gustaría compartir con ustedes, que el FONAT ya cuenta con un edificio en la Colonia San Francisco, ¿cuanto nos costará ese alquiler? por otra parte si bien es una contribución, la pregunta es ¿que pasará con aquellos que ya cuentan con un seguro de daños a terceros? ¿será posible una inconstitucionalidad a alguna de sus disposiciones?, tomando en consideración a aquellos que pagan ya un seguro, deberían de estar eximidos de tal contribución.
En otros países es obligatorio el seguro, y lo tienen las empresas privadas, el Estado no se mete, sería lo mejor, lo que sucede es que se quiere beneficiar a algunos empresarios del transporte, quienes (no todos)contratas a algunas personas sin la suficiente capacidad para ser un motorista de dicho sector, simplemente cubren una plaza
Bayona escribió: Qué pasará con aquellos que jamás en su vida nunca han ocasionado un accidente?
Los que nunca ocasionan problemas pagarán lo que hacen los irresponsables?
Los irresponsables con iguales a los responsables?
Debieron hacer una ley que sancione a los peatones irresponsables y negligentes.
exactamente esto es lo que yo pienso ahora bien con relacio a este comentraio
Estimados, me gustaría compartir con ustedes, que el FONAT ya cuenta con un edificio en la Colonia San Francisco, ¿cuanto nos costará ese alquiler? por otra parte si bien es una contribución, la pregunta es ¿que pasará con aquellos que ya cuentan con un seguro de daños a terceros? ¿será posible una inconstitucionalidad a alguna de sus disposiciones?, tomando en consideración a aquellos que pagan ya un seguro, deberían de estar eximidos de tal contribución.
En otros países es obligatorio el seguro, y lo tienen las empresas privadas, el Estado no se mete, sería lo mejor, lo que sucede es que se quiere beneficiar a algunos empresarios del transporte, quienes (no todos)contratas a algunas personas sin la suficiente capacidad para ser un motorista de dicho sector, simplemente cubren una plaza
los transportistas de carga ya pagan un seguro, es por ello que interpusieron el recurso de inconstitucionalidad, pero y nosotros usuraios de carros particulares?
PIENSO QUE NO HAYAN DE QUE FGORMA SAQACARLE DINERO A UNO, IMAGINESE PARA LOS QUE NOS CUESTA A DURAS PERNAS RECOGER EL DINERO PARA LAS REFRENDAS, EL VEHICULO AL MENOS EN MI CASO ES UNA NECESIDAD, PORQUE SI ME GENERA GASTOS, ESPEREMOS QUE CUANDO SEAMOS AFECTADOS EN VERDAD NOS RESPONDAN COPMO DICEN Y NO SALGAN CON EL CUENTO QUE NO HAY FONDOS....
Compañeros les propongo una idea, y es que como profesionales y conocedores del derecho, sabiendo las deficiencias con las que esta ley y reglamento (aún no decretado si no me equivoco), nos sentemos y lo analicemos. Es cierto que le Ley nació como una declaración soberana del pueblo (Art. 1 Código Civil), pero lamentablemente muchos de nuestros diputados no nos representan como pueblo sino como un mero interés político. Muchos son obligados a votar o perciben una ganancia monetaria o politica, y la factura nos llega a los ciudadanos con normativas tuertas, cutas o patojas. Me parece que la ley no es mala del todo, lo que no tiene es operatividad sabia, (si la comparamos a otras que se utilizan en otros países) porque no se asesoraron bien jurídicamente, o la hicieron a conveniencia únicamente de las arcas del Estado y/o más bien dicho a las del gobierno. Ya que vía reforma (o sea políticamente) es mentira que las corregiríamos, nos corresponde mejor solicitar la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos que atentan contra las garantías expresadas en la Carta Magna(que a mi ver no son todos). ¿Les parece la propuesta de que conformemos una mesa de trabajo para la redacción de un recurso?
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...
=Para algunos esta EXPLENDIDO !!!!= PARA OTROS ....OTRA MANERA DE SACAR DINERO DE NUESTRO BOLSILLOS.....¨¨??
a76v43v escribió: es una contibucion especial como podemos ver a simple vista ¿pero sera viable? que pasara con todos aquellos locos que fingiran o planeran accidentes intencionales, que pasara si en toda tu vida no se hace uso pesonal es decir que nosotros lo necesitamos? que pasara si tu persona no provoca un accidente, bueno y muchas mas preguntas que pueden surgir.