y en este caso que aplicabilidad tiene el de señalar la dirección del hijo que esta en EU y pedir que se le notifique, al ser notificado y no comparece se le aplique la presunción de repudio, he escuchado que eso ha funcionado en algunos casos, o solo cuando es herencia testamentaria se puede aludir a esa figura?
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
es sobre estos artículos CC: Art. 1155.- Todo asignatario será obligado, en virtud de demanda de cualquier persona
interesada en ello, a declarar si acepta o repudia; y hará esta declaración dentro de los cuarenta
días subsiguientes al de la demanda. En caso de ausencia del asignatario o de estar situados los
bienes en lugares distantes, o de otro grave motivo, podrá el Juez prorrogar este plazo; pero
nunca por más de seis meses.
Durante este plazo tendrá todo asignatario la facultad de inspeccionar el objeto asignado; podrá
implorar las providencias conservativas que le conciernan; y no será obligado al pago de ninguna
deuda hereditaria o testamentaria; pero podrá serlo el curador de la herencia yacente en su
caso.
El heredero, durante el plazo, podrá también inspeccionar las cuentas y papeles de la sucesión.
Si el asignatario ausente no compareciere por sí o por legítimo representante en tiempo
oportuno, se le nombrará curador de bienes que le represente, y acepte por él con beneficio de
inventario.
Art. 1156.- El asignatario constituido en mora de declarar si acepta o repudia, se entenderá que
repudia.
saru escribió: PUES AHI si le quedo debiendo xq no se.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
Buen día estimados, con relación a este caso que se había comentado hace tiempos, tengo un caso similar, por lo que le quería molestar al licenciado o licenciada Saru , quien elaboró la cesión de derechos hereditarios, si me podría decir más o menos, en cuanto tiempo le salió la declaratoria o cuanto tiempo se tarda más o menos en las diligencias de aceptación de herencia y en este caso en específico que hubo cesión de derechos hereditarios.
QUedo a la espera de sus comentarios, agradezco de antemano tan valiosa colaboración . Bendiciones.
Buenas noches colega, tengo la misma diligencia que llevar con la variante que no hay hijo en el extranjero... me puede hacer el favor de facilitarme el modelo de la cesión de derechos hereditarios y de las diligencias de aceptación de herencia por favor.. me urge. Muchas gracias de antemano.
Le envío mi correo sino es mucho abuso licda Saru.... me urge la información.. talves me puede ayudar facilitando la información. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.