Hola, unos colegas escribieron esto, se lo transcribo "La hipoteca subsidiaria, también llamada segunda hipoteca, es aquélla constituida en segundo término como reforzamiento aseguratorio del crédito, para el supuesto de que el interés del acreedor no se viera enteramente satisfecho con el resultado de la hipoteca principal"
Según Diccionario de Manuel Osorio, las hipotecas se dividen en dos clases: la hipoteca convencional y la hipoteca legal. La hipoteca convencional es producto de una convención, de un contrato; en cambio la hipoteca legal está determinada por la ley para la protección de ciertas personas para proteger sus bienes como el caso de los menores, incapacitados y algunas legislaciones a favor de las mujeres en contra de los actos del marido en contra del patrimonio familiar. Este tipo de hipoteca no es reconocido en muchos países, como el nuestro.