Consulta juridica

09 Sep 2016 21:47 #1 por sandra.garzona
Consulta juridica Publicado por sandra.garzona
Hola como estan mil bendiciones a todos, los quiero molestar si alguno de uds, tiene modelo de contrato de servicios profesionales de construccion, q las clausulas favorezcan al contratado, geacias x todo y espero respuestas

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10 Sep 2016 09:24 #2 por Farid
Respuesta de Farid sobre el tema Consulta juridica
Buenos días; le adjunto y envío uno en documento privado (acta notarial)



NOSOTROS: ……………………., de ……………….. años de edad, Empleado, del domicilio del municipio y departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número…………………………………., con Número de Identificación Tributaria………………………………; y que en adelante me denominare como el contratante; y…………………………………, de ……………………. años de edad, Albañil, del domicilio de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número………………………; con Número de Identificación Tributaria …………………………………………; y que en adelante me denominare como el contratista; y OTORGAMOS: Que hemos convenido en celebrar un CONTRATO DE COSTRUCCIÓN DE OBRA CIVIL, el cual se regirá por las clausulas siguientes: I) OBJETO DEL CONTRATO: el contratante contrata los servicios del contratista, para la construcción de una casa; en un terreno de su propiedad ubicado según antecedente en el punto………………………………………………, correspondiente a la ubicación geográfica de …………., San Salvador, de una extensión superficial de SETENTA Y UNO PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS y demás descripción técnica en el respectivo título de propiedad; e inscrito a favor de este, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas primera sección del Centro bajo la matricula número SEIS CERO CUATRO UNO NUEVE CUATRO SIETE CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO. II) ALCANCE DEL CONTRATO: Los alcances que el contratista se compromete a realizar, incluirá de forma general la construcción de una casa de dos niveles, y abarcara todo el trabajo constructivo desde el descapotado, toda la obra gris, afinado de paredes, fachaleta en pared principal, sellado y afinado de losa, colocación de cielo falso, enchapado de baños, instalaciones hidráulicas, instalación de sanitarios y lavaderos, colocación de piso cerámico, instalación de puertas de madera, colocación de techo, instalación de fascia y cornisa, pintado de paredes, todo de acuerdo a las expresas instrucciones del contratante y especificaciones técnicas del plano de construcción. La obra no incluye colocación de ventanas, balcones, estructuras metálicas como portones, polines, barandal, pasamanos y puertas metálicas, colado o lleno de plafón, ni instalaciones eléctricas. III) PLAZO: El plazo de este contrato será de cinco meses contados a partir de este día; y el cual podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo que conste por escrito de ambos contratantes; IV) PRECIO Y FORMA DE PAGO: El contratante pagara al contratista por el objeto de este contrato, un monto total acordado de QUINCE MIL QUINIENTOS DOLARES, los cuales serán pagados en cuotas quincenales dentro de los cinco meses pactados en el plazo, y serán cuantificadas y liquidadas previa supervisión de acuerdo al avance en la obra, dejando claro y sin confusión alguna, que el pago es por avance de obra y no por día; En el precio indicado se entienden incluidos todos los gastos que origine la obra, sean anteriores o posteriores a la suscripción del presente contrato, tales como, mano de obra, andamios, terracería, extracción de escombros provenientes de ella. En consecuencia el contratista deja expresa constancia que el referido precio constituye el pago total y completo por la ejecución de todos y cada uno de los trabajos y servicios que deberá realizar y prestar para construir la obra cuya ejecución se encomienda, así como cualquier otra contingencia que sea de su responsabilidad; V) ANTICIPO: Que para el inicio del desarrollo de la obra el contratante entrega al contratista la cantidad de UN MIL DOLARES, en concepto de anticipo; quedando pendiente la cantidad de CATORCE MIL QUINIENTOS DOLARES, los cuales serán pagados tal y como se menciona en la cláusula anterior, con su respectivo acuse de recibido; VI) SUMINISTRO DE MATERIALES: Para el buen desarrollo de la obra el contratante suministrara en su totalidad todos los materiales para la construcción a utilizar; los cuales serán entregados en el lugar de la obra al contratista o a persona autorizada por este, quien dejara constancia de fecha, hora y firma de recibo, para evitar confusiones con incumplimientos en los plazos contratados; VII) HERRAMIENTAS Y EQUIPO: Todas las herramientas y equipos necesarios serán proporcionados por el contratista; VIII) TRABAJADORES: Se establece que todos los trabajadores para la ejecución de la obra serán contratados por parte del contratista; por lo que es de su exclusiva responsabilidad todo lo relacionado a la contratación y subordinación patronal como lo son los riesgos y accidentes en el lugar de trabajo, e incluso la muerte, suministro de herramientas y equipo, afiliación a fondos de pensiones, seguros, Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Juzgados de lo laboral y todo lo relacionado al patrono con la leyes Laborales aunque no se mencione; IX) OBLIGACIONES: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: Son obligaciones del contratante: a) Poner a disposición del contratista los planos y especificaciones de la construcción los cuales delimitan el alcance de la obra; b) pagar en la forma y dentro del plazo convenido, al haberse comprobado el cumplimiento de parte del Contratista, de los requisitos estipulados en éste instrumento; c) hacer la entrega de los materiales en la forma convenida y de manera diligente. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Es responsabilidad del contratista revisar apropiadamente los planos y el plan de oferta contratado, ya que durante la construcción no se admitirán aumentos en las cantidades de obra ni en los precios ofertados a excepción que sean para mejorar la calidad de acuerdo al criterio del contratante; b) a cumplir con los términos y plazo pactado; c) el contratista será responsable en cualquier sentido por sus trabajadores en todo lo relacionado a las leyes Salvadoreñas; d) así mismo es responsable de sus herramientas, equipos y material suministrado por lo que después de recibir el material en cantidad y forma detallada, responderá por lo deterioros, mal uso o extravío que estos sufran, siendo así que corren por su cuenta y responsabilidad los mecanismos o procedimientos de vigilancia y seguridad; e) el contratista se obliga a realizar el trabajo hoy contratado, de forma diligente y tal como se ha establecido en los alcances de éste contrato de acuerdo a las prácticas constructivas generalmente aceptadas en el medio; f) el contratista se obliga a cumplir con las condiciones dictadas en éste contrato, y se responsabiliza por la correcta construcción de la obra contratada; g) el contratista se someterá a la revisión que el propietario contratante efectúe a la calidad de la obra requerida, por lo que puede efectuar reclamos u observaciones que puedan acarrear modificaciones en la obra, esto último en el caso que se esté incumpliendo el plano y especificaciones de la obra; X) FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Cuando exista fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose éste como aquellos actos o hechos impredecibles, que no estén al alcance directo o indirecto del contratista y que sean fruto de la naturaleza o del hombre, tales como: catástrofes naturales, huelgas generales u otros hechos o actos similares, que impidan al contratista, efectuar el servicio hoy contratado; quedando obligado, a comunicarlo por escrito al contratante para su respectiva valoración, en un lapso de veinticuatro horas después de acaecido el hecho. Sobre lo cual por parte del contratante, le será considerado un plazo prudencial, para que sea restablecido el servicio; XI) MODIFICACIONES AL CONTRATO: Cualquier modificación de los términos del presente contrato, será establecida por mutuo acuerdo de los contratantes, por escrito y debidamente firmado; XII) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Se tendrán como documentos contractuales: a) Oferta económica del contratista, b) Contrato legalizado, c) Planos, d) Las demás que estipula la Ley; XIII) PRORROGA DE LA JURISDICIÓN: en caso de acción judicial ambos contratantes fijamos como domicilio especial la ciudad de San Salvador, a cuyos tribunales nos sometemos. Así nos expresamos, leemos lo escrito, lo ratificamos y firmamos. En la ciudad de San Salvador, a los ................. días del mes de ......... de dos mil .......

a continuación legalizar el documento

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10 Sep 2016 13:09 #3 por sandra.garzona
Respuesta de sandra.garzona sobre el tema Consulta juridica
Muchisimas geacias y bendiciones

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10 Sep 2016 20:09 #4 por rafael medina
Respuesta de rafael medina sobre el tema Consulta juridica
excelente aporte

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04 Oct 2016 19:01 #5 por Mau021
Respuesta de Mau021 sobre el tema Consulta juridica
Buenas noches .
Tengo una consulta.
Espero puedan ayudarme.

Tengo un negocio pequeño como persona natural.
Tengo empleados sin contrato laboral y no les hago ningun descuento de nada.
Solo firman un resivo cuando les pago.
Que pasaria si despido a alguno de ellos por ejemplo. Esta embarazada y no puede seguir trabajando en el lugar digo yo despues de 5 meses de embarazo porq no se veria bien que trabaje asi.
Como la despido sin tener problemas judiciales

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04 Oct 2016 19:49 #6 por teresa fernandez
Respuesta de teresa fernandez sobre el tema Consulta juridica
la falta de contrato se presume es responsabilidad del patrono
la empleada embarazada por su estado tiene doble protección ella o cualquier otro trabajador perfectamente puede solicitar al Ministerio de Trabajo,
protección.
lo más favorable es que consulte con el Ministerio de Trabajo, para que todo se realice en santas pascuas y no tengan problemas legales que podrían
ocasionarles multas . demandas laborales.

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05 Oct 2016 07:38 #7 por Mau021
Respuesta de Mau021 sobre el tema Consulta juridica
Muchas gracias tereza fernandez

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