adopcion de extranjero

24 Mar 2011 01:52 #1 por ciro
adopcion de extranjero Publicado por ciro
hola amigos del foro queria hacerles una consulta el caso es que una pareja extrajera desea adoptar la hija de una salvadorena que se encuantra en eeuu de ilegal, y el papa de la menor es pandillero y se encuntra en la carcel mi pregunta es que procedicemito es el de seguir cunato cuesta un tramite de estos e la partida de la nina no aparce el apellido del papa pues no es reconocida en esos casos que se hace con al filicion biologica tanto del padre y la madre quien represntaria ala madre en el salvador pues ella no puede vijar tendrai que renunciar ella a la autoridad parental o con un escrito manifestar que esta decauerdo conla adopcion...

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18 Dic 2012 17:27 #2 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: adopcion de extranjero
-Aqui te dejo esta informacion mi estimado forista Ciro. y link....>Oficina Para Adopciones (OPA) - Procuraduría General de la ...
www.pgr.gob.sv/ado.html
Funcionario: Presidente de la Junta Directiva del Instituto Salvadoreño para el ... Documentos necesarios para que un matrimonio extranjero pueda adoptar de ... Certificación del estado de salud física de los adoptantes y del adoptado.
Visitaste esta página el 10-04-12.
Indice

DEL PROCESO DE ADOPCIÓN
DE LAS AUTORIDADES CENTRALES EN MATERIA DE ADOPCION
REQUISITOS DE FAMILIA NACIONAL
REQUISITOS DE FAMILIA EXTRANJERA
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE FAMILIAS
ORGANISMOS ACREDITADOS
GUIA PARA ELABORAR EL INFORME SOCIAL DEL O LOS SOLICITANTES
ESQUEMA PARA LA ELABORACIÓN DE UN INFORME PSICOLÓGICO


DEL PROCESO DE ADOPCIÓN



La Oficina para Adopciones (OPA) es creada por medio de la nueva Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (PGR), de fecha 3 de Diciembre de 2008, y publicada en el Diario Oficial de fecha 22 de Diciembre del mismo año. Vigente desde el 31 de diciembre de dicho año.



De conformidad a lo establecido en el artículo 51 de dicha normativa, la OPA está a cargo de un coordinador bajo la dependencia del procurador adjunto de familia, la cual tendrá como función tramitar y resolver administrativamente las solicitudes de autorización de adopciones de niños y adolescentes, garantizando el interés superior de la niñez y respetando sus derechos fundamentales, priorizando el derecho a permanecer en su familia de origen y la adopción nacional sobre la internacional, garantizando la información y asesoría sobre la adopción y sus efectos a las personas cuyo consentimiento y conformidad se requiera, así como la preparación y el seguimiento post-adoptivo.



Por lo tanto, la OPA es la encargada de llevar a cabo: a) el proceso de calificación de idoneidad de las familias que desean adoptar un niño o niña, basada en los requisitos que para el efecto se han establecido por la legislación nacional e internacional, vigente en el país sobre la materia; b) Promover los procesos judiciales correspondientes para definir la situación jurídica para la adoptabilidad de los niños, niñas y adolescentes; c) localización geográfica y orientación dirigida a las madres biológicas de los menores sujetos de adopción, sobre los efectos jurídicos del otorgamiento de su consentimiento para que éstos sean adoptado; y d) asesoramiento legal sobre la adopción de niños, niñas y adolescentes.



Esta oficina se encuentra integrada por Equipos Interdisciplinarios conformados por un Abogado, un Trabajador Social y un Psicólogo.



Todos los profesionales citados, cada cual en su rama, durante la Etapa Administrativa del Proceso, intervienen por medio de la elaboración de dictámenes legales, sociofamiliares y psicológicos, sobre la idoneidad de la familia solicitante; dichos dictámenes son revisados, analizados y, en su caso, observados por parte de la Coordinación de la Oficina, quién somete a consideración, tanto del señor Procurador General de la República y como del Señor Presidente del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA), los dictámenes emitidos sobre la calificación de los estudios realizados en el Extranjero a las familias solicitantes no domiciliadas en la República, dando cumplimiento a lo prescrito en los Artículos 185 del Código de Familia y 193 lit. “b” de la Ley Procesal de Familia.



En el caso que los referidos dictámenes reflejen la necesidad de una ampliación de la información presentada, el expediente de la familia solicitante es prevenido, mediante una resolución que se emite en dicho expediente, y notificando al apoderado de los solicitantes, las observaciones efectuadas por la Oficina Para Adopciones, con el objeto que subsanen dichas prevenciones.



Una vez efectuada esa calificación de idoneidad por parte de la Procuraduría General de la República e ISNA, para el caso de las familias extranjeras, éstas quedan en espera de su asignación a un menor (Sujeto de Adopción) por parte del Comité Institucional de Asignación de Familias Adoptivas a Menores Sujetos de Adopción. Estos niños han sido puestos a disposición del Señor Procurador General de la República, por parte del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia que es la Institución que declara a los menores sujetos de adopción.



El Abogado adscrito a la Oficina para las Adopciones es el encargado de verificar si ese menor puesto a disposición del Señor Procurador General de la República está jurídicamente disponible para ser adoptado; si este no fuera el caso, dicho abogado inicia el proceso respectivo en sede judicial hasta su finalización, a fin de preparar la situación jurídica del menor para su adopción. Durante dicha espera se suspende el plazo señalado por la ley para la autorización de la adopción.



Tanto en este caso, como en el de la solicitud de adopción de un niño determinado, el Comité de Asignación de Familias Adoptivas a Menores Sujetos de Adopción, cuerpo colegiado conformado por miembros de la Procuraduría General de la República, califican su procedencia y asignan al menor la familia más idónea para ser adoptado, la cual es elegida de una terna de familias propuestas para el efecto.



Emitido el Acuerdo del Comité Institucional de Asignaciones de la PGR, es comunicado a la autoridad central u organismo acreditado de la residencia habitual de los solicitantes, según sea el caso, la información a que se refiere el Artículo 16 literal a) de la Convención Sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, a fin de obtener la aceptación y conformidad a que se refieren los literales a), b) y c) del artículo 17 de la mencionada Convención; recibida la documentación anteriormente indicada, es proveída por parte del Señor Procurador General de la República la resolución que autoriza la adopción, en cumplimiento al artículo 12 numeral 11 de la Ley Orgánica de la PGR en relación a los Artículos 168 del Código de Familia y 192 de la Ley Procesal de Familia; y se hace entrega al abogado que representa a la familia solicitante la certificación con sus anexos que señala la última disposición citada, para que proceda a iniciar la Etapa Judicial en el Juzgado de Familia Competente (Art. 191 Ley Procesal de Familia), por medio de la Solicitud de Jurisdicción Voluntaria de Adopción, a efecto que el respectivo juez o jueza decrete la adopción.



Es a partir de la entrega de la citada documentación que comienza a correr el término de caducidad de treinta días corridos señalado en el Art. 194 Ley Procesal de Familia, para iniciar la Etapa Judicial ante el Juez de Familia competente.


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DE LAS AUTORIDADES CENTRALES EN MATERIA DE ADOPCION INTERNACIONAL EN EL SALVADOR CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE MENORES Y COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL (Convenio de la Haya)



El Convenio de la Haya Sobre la Protección de Menores y Cooperación en Materia de Adopción Internacional, se convirtió en ley de la República de El Salvador, en razón de su suscripción y ratificación por parte de los Organos Ejecutivo y Legislativo del Estado Salvadoreño, respectivamente, y su publicación en el Diario Oficial de la República, el día 27 de Julio de 1998.



Este Convenio representa un instrumento de suma importancia y compromiso para el Estado Salvadoreño en materia de Niñez, dado que en su contenido estableció una serie esfuerzos que los Estados Contratantes deben efectuar a nivel Institucional, siendo entre los más importantes la designación de las Autoridades Centrales que deberán velar por el cumplimiento de este compromiso, habiéndose designado por parte del Estado de El Salvador como Autoridades Centrales, las siguientes:


Procuraduría General de la República (PGR)



- Funcionaria: Procuradora General de la República de El Salvador - Licda. Sonia Elizabeth Cortéz de Madriz

- Ubicación: Centro de Gobierno, Torre PGR, San Salvador, El Salvador, C.A.

- Telefax: (503) 2231- 9305/06


Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolesdencia (ISNA)

- Funcionario: Presidente de la Junta Directiva del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia - Ing. Hugo Roger Martínez Bonilla. Funcionario:

- Funicionario: Director Ejecutivo - Lic. Luis Enrique Salazar Flores.

- Ubicación: Colonia Costa Rica, Avenida Irazú y Final Calle Santa Marta No.2, Complejo La Gloria, San Salvador, El Salvador, CA.

- Telefax: (503) 2270-4142 / 2213-4703

- E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Oficina para las Adopciones (OPA)



- Funcionaria: Coordinadora de Oficina para Adopciones - Licda. Fidelina del Rosario Anaya de Barillas

- Ubicación: Novena Calle Poniente y Trece Avenida Norte, Centro de Gobierno, Torre PGR, 1º Nivel, San Salvador, El Salvador, Centro América.

- Telefax: (503) 2231- 9424, 2231-9418 y 2231- 9412 (Coordinadora)


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REQUISITOS DE FAMILIA NACIONAL

Si solicita calificación de aptitud para adoptar un menor de edad en forma individual o matrimonio deberá presentar los documentos siguientes, en original y una copia:



Certificación de Partida de Nacimiento de los Solicitantes, con marginaciones de Ley.
Certificación de Partida de Nacimiento del niño(a), si fuese niño determinado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 176 C.F.
Certificación de Partida de Matrimonio de los solicitantes.
Constancia de buena salud de los adoptantes (emitida por Unidad de salud, ISSS o médico particular).
Constancia de buena salud del niño(a), según partida de nacimiento, si fuese niño determinado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 176 C.F.
Fotocopia de Documento Único de Identidad de los Solicitantes.
Comprobar capacidad económica de los adoptantes: constancia de sueldo o Declaración Jurada ante Notario de los ingresos que perciben mensualmente indicando su procedencia.
Solvencia de la Policía Nacional Civil de los solicitantes.
Fotografía de los solicitantes (con el niño/a o adolescente sujeto de adopción, si éste fuere determinado, de acuerdo a lo contenido en el artículo 176 C.F.).
Certificación partida de defunción de los padres biológicos y certificación de partida de divorcio, en su caso. Certificación de la sentencia que decreta la Pérdida de Autoridad Parental, de nombramiento de Tutor o de que se le ha conferido el cuidado personal del niño que se pretende adoptar y certificación de la sentencia que aprueba la rendición de cuentas del Tutor o lo exonera de rendir cuentas, en su caso.
Si la solicitud es para adoptar a un niño que se encuentra bajo la Medida de Protección Colocación en Hogar Sustituto, los solicitantes deberán presentar la constancia expedida por el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia.
Y si la solicitud es presentada por Abogado deberá presentar estudios social y psicológico, elaborados conforme a la guía que se adjunta; asimismo, deberá formar un expediente original y copia certificada ante Notario en folders separados y foliados desde la solicitud.
Deberá formar un expediente original y copia certificada ante Notario en folders separados y foliados desde la solicitud.




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REQUISITOS DE FAMILIA EXTRANJERA



Documentos necesarios para que un matrimonio extranjero pueda adoptar de conformidad a las leyes de El Salvador:



Poder General Judicial con cláusula especial otorgado ante un notario o el Cónsul de El Salvador, a favor de un Abogado que ejerza la profesión en la República de El Salvador. La Cláusula Especial es para facultar al abogado para que inicie, siga y fenezca en la Procuraduría General de la República e Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, las respectivas diligencias de autorización y de aptitud para la adopción de un menor, así como en el juzgado de Familia del lugar de residencia habitual del adoptado, las diligencias de jurisdicción voluntaria correspondientes a fin de que se decrete la adopción a favor de los solicitantes. Asimismo, debe facultarse al Abogado para que una vez decretada la adopción pueda seguir trámites, tales como la inscripción en el Registro del Estado Familiar de la nueva partida de nacimiento del niño o niña, migratorios y de visa del menor.
Certificación de partidas de nacimiento de los adoptantes, para probar que son mayores de veinticinco años de edad.
Certificación de partida de matrimonio de los adoptantes, para probar que tienen más de cinco años de casados.
Certificación de poseer condiciones morales para asumir la autoridad parental (antecedentes penales o policiales).
Comprobante de la capacidad económica de los adoptantes por medio de Certificación de Constancias de Salario que devengan o devenga alguno de ellos, ó referencias bancarias o por cualquier documento idóneo, siempre y cuando los solicitantes no sean asalariados.
Estudio social y psicológico realizado por especialistas de una Institución Pública, Estatal del lugar de su domicilio, dedicadas a velar por la protección de la infancia o de la familia o por profesionales, cuyos dictámenes sean respaldados por una entidad de tal naturaleza, a efecto de comprobar condiciones familiares, morales, económicas, sociales, de salud y psicológicas de los adoptantes. DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 12 DE LA CONVENCION DE LA HAYA, TODO ORGANISMO ACREDITADO EN SU ESTADO DE RECEPCION, PARA ACTUAR EN UNA ADOPCION INTERNACIONAL EN EL SALVADOR, DEBERA TAMBIEN HABER SIDO ACREDITADO POR LAS AUTORIDADES CENTRALES :PGR E ISNA.
Certificación del estado de salud física de los adoptantes y del adoptado.
Certificación expedida por institución pública o estatal de protección de la infancia o de la familia, oficialmente autorizada, donde conste que los adoptantes reúnen los requisitos exigidos para adoptar por la Ley de su domicilio y del compromiso de seguimiento de la situación en el país de residencia de los adoptados.
Fotografías de los solicitantes así como del interior y del exterior de la casa.
Autorización de la entrada y residencia del niño (a) en el país a residir.
Designación de la(s) persona(s) que (el, la) los solicitantes elijan como responsables del cuidado del menor o menores a adoptar, en caso de ocurrir una enfermedad, incapacidad o muerte de los solicitantes, la cual deberá contener como mínimos los datos siguientes: nombre completo del (los) designado(s), su edad, profesión u oficio, ingresos mensuales, estado familiar –es decir, manifestar si es casado, soltero, viudo o divorciado-, indicación de hijos biológicos y/o adoptivos si los tuviere, parentesco o tipo de afinidad que tiene con los solicitantes, dirección de su lugar de residencia, que sea de preferencia del mismo domicilio que el de los solicitantes. Dicho documento de designación debe estar legalizado e ir firmado por los (el, la) solicitantes y por el (los) responsable(s) aceptando tal designación.
Copia legalizada del (los) pasaporte(s) del (la, los) solicitante(s).
Si los solicitantes tuvieren hijos biológicos o adoptivos tuvieren hijos biológicos, deberán anexar certificación de partida de nacimiento y constancias de buena salud de los mismos.


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Todos los documentos indicados deben ser enviados autenticados ante el Cónsul de El Salvador o debidamente apostillados por la autoridad competente del país del domicilio de los adoptantes. Si la relacionada documentación es expedida en idioma distinto al castellano deberá ser traducida a éste. Si la traducción es realizada en el extranjero la firma del traductor debe estar debidamente autenticada o apostillada, como se ha indicado anteriormente. Y si esta auténtica o apostilla se consigna en idioma extranjero, ésta debe ser traducida en El Salvador (por medio del apoderado de los solicitantes), ante Notario, en las diligencias respectivas, a las cuales se refiere el artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.



Además el apoderado, deberá entregar dos expedientes foliados desde la solicitud (original y copia certificada por Notario). El apoderado debe cumplir con los requisitos que señala el artículo 42 de la Ley Procesal de Familia, en lo aplicable.


CRITERIOS DE CALIFICACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE FAMILIAS ADOPTIVAS

Edad de la pareja o solicitante individual, con relación al niño o niñas solicitado:

Solicitantes o solicitante, entre 25 y 35 años, niños o niñas de cero a tres años
Solicitantes o solicitante, entre 36 y 45 años, niños o niñas de tres a cinco años
Solicitantes o solicitante, entre 46 y 55 años, niños o niñas de seis años en adelante.


Estado familiar:

En atención al contenido del último inciso del art. 184 del código de Familia, se da prioridad de adopción a los matrimonios nacionales sobre los extranjeros, considerándose la adopción individual a vía de excepción, en atención al Interés Superior del Niño, Niña o Adolescente.

ORGANISMOS ACREDITADOS

Nº NOMBRE DEL ORGANISMO ACREDITADO PAÍS DE ORIGEN
1 AYUDA A LA ADOPCIÓN (A.Y.A.) ESPAÑA
2 NEW HOPE CHILD AND FAMILY AGENCY; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
3 AGAPE -ONLUS ITALIA
4 NEW HOPE ADOPTION INTERNATIONAL (ADOPCIONES NUEVA ESPERANZA INTERNACIONAL) ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
5 AZIONE PER UN MONDO UNITO – ONLUS (AMU) ITALIA
6 ASOCIACIÓN APAGUA ONG ESPAÑA
7 OPEN DOOR ADOPTION AGENCY, INC. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
8 ASOCIACIÓN DE APOYO PARA LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL (MIMO) ESPAÑA
9 HOPE COTTAGE, INC. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
10 KENTUCKY ADOPTION SERVICES, INC. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
11 AMERICA WORLD ADOPTION ASSOCIATION (AWAA) ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
12 SAINT ANNE ADOPTION CENTRE CANADA
13 VILLA HOPE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
14 ASESORIA DE ADOPCIONES ALEMANIA
15 CHRISTIAN ADOPTION SERVICES, INC. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
16 ASOCIACION DE AYUDA A LA ADOPCION INTERNACIONAL ESPAÑA
17 ASOCIACION DE AYUDA A LA INFANCIA DEL MUNDO ESPAÑA
18 ADOPTION HOPE INTERNATIONAL ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
19 ASOCIACION PARA LA ADOPCION INTERNACIONAL, HUMANIKAT ISRAEL
20 MADISON ADOPTION ASSOCIATES ESTADOS UNIDOS DE AMERICA


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GUIA PARA ELABORAR EL INFORME SOCIAL DEL O LOS SOLICITANTES A ADOPCIÓN

1. INFORME SOCIAL

Motivo de informe: este rubro contiene una breve reseña sobre la intervención del trabajador social en el caso, así como el propósito de la solicitud (características del niño, niña o adolescente deseado).

2. DATOS GENERALES DEL O LOS SOLICITANTES

2.1 Nombre:

2.2 Fecha y lugar de nacimiento:

2.3 Estado Familiar:

2.4 Nivel educativo: (aclarar siempre la formación profesional expresando el grado académico obtenido y en caso de estudios técnicos especificarlos.)

2.5 Ocupación:

2.6 Dirección:

3. ANTECEDENTES SOCIO-FAMILIARES

3.1 Historia Familiar y Social: Bajo este rubro se incluyen datos sobre la actual organización familiar, experiencias familiares y sociales durante la infancia, adolescencia y juventud del solicitante. Como fue su hogar, como describe la personalidad de sus hermanos y de sus padres, experiencias estudiantiles, relaciones sociales, amigos y noviazgo. En caso de adopción individual, profundizar en el tipo de relaciones de pareja que tiene o ha establecido y las razones por las cuales en su caso no las ha formalizado, cuales son sus proyecciones en cuanto a esta situación. Nombrar siempre a la(s) persona(s) que será(n) responsable(s) del niño/a (s), en caso de incapacidad, enfermedad y muerte del o los solicitantes y la razón por la cual se ha designado a esta(s) persona(s). Si existen hijos indicar su filiación, especificar su desarrollo, adaptación al hogar, estado de salud y opinión sobre el proceso de adopción.

3.2 Características Personales: Este rubro contiene una descripción personal del o los solicitantes, como su apariencia física, capacidad para relacionarse con las demás personas y calidad de esta relación, capacidad de tratar con niños, habilidades, intereses, religión, recreación, salud, conducta. etc.

3.3 Situación Familiar: Este rubro incluye datos, tales como fecha de matrimonio, número de miembros que integran su grupo familiar, etc.; de acuerdo a las edades de los hijos, investigar la opinión de ellos con relación al proyecto de adopción de sus padres. Asimismo, es importante conocer de parte de cualquier otro miembro del grupo familiar, el ambiente en que se desarrolla dicho grupo, con el fin de tener una idea del medio en el cual se desarrollara el menor y su aceptación dentro del mismo.

3.4 Motivación para la Adopción: Especificar las razones que lo o los motiva a adoptar ya sean características biológicas, como la imposibilidad de procrear; o familiares, como el deseo de una familia numerosa o de querer ampliar el grupo familiar. En caso de procrear posterior a la adopción, ¿Cual sería su posición en cuanto al hijo adoptivo?

3.5 Ajuste en Dinámica Familiar: Mencionar que ajustes y modificaciones se harán en la dinámica familiar con la llegada del niño/a al hogar. También especificar la red de apoyo familiar y social en cuanto al cuidado del niño/a, así como cual es el proyecto educativo para el menor.

3.6 Situación Económica: Se incluyen datos sobre la clase y horario de trabajo que desempeñan el o los solicitantes, ingresos anuales del año anterior traducidos a dólares de los Estados Unidos de América, los bienes que poseen sean éstos muebles e inmuebles, ahorros, seguros de vida y de salud y si éstos cubrirán o no al menor adoptado, así como los demás datos sobre sus egresos. Además se deberá incluir información sobre la disponibilidad para realizar tareas que los involucre como grupo familiar durante días laborales y fines de semana, así como quién asumirá la responsabilidad del menor adoptado mientras el (los, la) solicitante(s) labore(n).

3.7 Vivienda: Bajo este rubro se solicitan datos sobre el tipo de vivienda del o los solicitantes, clase de construcción, número de habitaciones, servicios básicos, mobiliario, equipo, distribución de los recursos, indicación si la vivienda es propia, rentada o está hipotecada, descripción de la zona donde esta ubicada la vivienda, haciendo mención de los servicios existentes como centros comerciales, escolares, hospitalarios y recreativos.

3.8 Salud: Antecedentes de enfermedades que padecen o han padecido, hayan sido crónicas o eventuales e indicación de enfermedades y tratamientos especiales, en los miembros de su grupo familiar, si las hubiere. Asimismo, enfermedades que actualmente padecen. En todo caso aclarar en qué ha consistido o consiste su pronóstico médico y si hay secuelas que inhabiliten a los solicitantes en el desarrollo de su autoridad parental.

3.9 Conclusiones: Resumen del informe elaborado incluyéndose la valoración económica y sociofamiliar de los solicitantes.

3.10 Recomendaciones: Emitir finalmente criterios sobre la idoneidad y capacidad del o los solicitantes para constituirse en padres adoptivos.

3.11 El informe social: debe ser elaborado por un profesional en Trabajo Social y firmado por el mismo.

4. DATOS DEL PROFESIONAL QUE REALIZO LA EVALUACIÓN SOCIAL

4.1 Nombre completo del profesional

4.2 Firma del Trabajador Social (a)

4.3 Sello y No. de colegiatura ó registro profesional

4.4 Fecha de elaboración de Informe Social

4.5 Dirección y Teléfono


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ESQUEMA GENERAL PARA LA ELABORACIÓN DE UN INFORME PSICOLÓGICO CON FINES DE ADOPCIÓN

1. DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE

1.1 Nombre: (Nombre y Apellidos Completos)

1.2 Lugar y Fecha de nacimiento:______________Edad:_________________

1.3 Estado Familiar:______________________________________________

1.4 Estudios Realizados:__________________________________________

1.5 Ocupación:__________________________________________________

1.6 Dirección:_____________________________Teléfono:_______________

(Cuando sean dos personas las que solicitan la adopción, los datos generales Deben aparecer por separado).

2. MOTIVACIÓN PSICOLÓGICA DE LA ADOPCIÓN

2.1 Consignar los motivos que tiene él o los solicitantes para llevar a cabo la adopción. (Explicar de forma clara sobre las limitaciones que presenta la pareja para no poder procrear)

2.2 Desde cuándo y cómo ha surgido esta motivación. (Si es una solicitud de un matrimonio, señalar de quién surgió la idea de adoptar)

2.3 Otros aspectos que se estimen convenientes. (Como la disposición y actitud de hijos biológicos y/o adoptados, padres, hermanos y otros familiares que viven con ellos, sobre el proyecto adoptivo)

3. CARACTERIZACION PSICOLOGICA

(Cuando sea más de una persona quién solicita la adopción, las caracterizaciones se harán por separado y deberá señalarse las Técnicas empleadas, así como los Instrumentos Psicológicos utilizados durante el proceso de evaluación de los solicitantes).

3.1 Se consignará una síntesis psicoevolutiva del solicitante. (Antecedentes como: De dónde son originarios los solicitantes, número de hijos procreados por sus padres y el orden de nacimiento del solicitante, cúal es o fue la ocupación laboral de los padres, descripción de la dinámica familiar de los padres, referir si entre algunos de sus parientes cercanos se presentan o presentaron Trastornos Psiquiátricos).

3.2 Capacidad Intelectual. (Sobre la base de Tests Psicométricos, señalar en que rango se ubica su inteligencia).

3.3 Descripción amplia y dinámica sobre la Personalidad. (Resultados obtenidos a través de la observación entrevista y la administración de pruebas psicológicas).

3.4 Naturaleza emocional. (Indicadores de estabilidad emocional como: autoestima, satisfacción personal, realismo, autocontrol, eficacia de su conducta)

3.5 Intereses. (Aspectos religiosos, sociales o deportivos).

3.6 Habilidades. (En que utiliza su tiempo libre: manualidades, jardinería, etc.)

3.7 Proyectos y realizaciones de su vida personal. (Si está en un proyecto formativo o tiene expectativas de seguir formándose de manera profesional o educacional).

3.8 Necesidades y frustraciones. (En caso de no lograr sus objetivos ¿cómo lo asimila?)

3.9 Aspectos patológicos (sí los hubiera) tratamiento de estos y su respectivo pronóstico.

4. INTEGRACION FAMILIAR

4.1 Caracterizar las relaciones del solicitante o solicitantes con su grupo familiar, destacando los roles de los mismos.

4.2 Relaciones de dependencia o independencia con su familia de origen.

4.3 De existir dificultades de interrelación, como lo manejan y/o que mecanismos utiliza la pareja para superarlos.

4.4 Expectativas de integración y adaptación para el futuro adoptado.

4.5 Otros aspectos que se observen dentro de la dinámica del grupo Familiar

5. INTEGRACION FAMILIAR

Se puntualizarán conclusiones en cada uno de los indicadores que permita expresar en forma sintética el perfil general del caso.

6. OPINION

Sobre la base del estudio, el profesional sustentará su opinión psicológica expresando la conveniencia o inconveniencia de la adopción.

7. DATOS DEL PROFESIONAL QUE REALIZÓ LA EVALUACION PSICOLÓGICA:

a) Nombre completo del profesional

b) Firma del Psicólogo(a).

c) Sello y N° de colegiatura ó registro profesional.

d) Fecha de elaboración de Informe Psicológico.

e) Dirección y Teléfono.

CRITERIOS TECNICOS PARA VALORAR LA IDONEIDAD PARA LA ADOPCIÓN EN LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

La valoración debe empezar por un conocimiento general del solicitante o solicitantes, de su historia y de su familia.
Razones o situaciones reales por las cuales el solicitante o solicitantes desean adoptar.
Debe reflejar un apoyo para la adopción del entorno familiar y la red social del solicitante o los solicitantes.
Características psicológicas de cada uno de los solicitantes valorando la estabilidad y madurez emocional que permitan el óptimo desarrollo Bio-psicosocial del futuro hijo adoptivo.
Dinámica de pareja adecuada y forma de resolver los posibles conflictos entre la pareja.
Juicio emitido por el profesional responsable de la evaluación psicológica sobre la idoneidad del solicitante o los solicitantes.


DISPOSICIONES GENERALES

Los estudios psicológicos a que deben someterse los adoptantes extranjeros, si se efectúan fuera del país, serán realizados por especialistas de una Institución Pública o Estatal del lugar de su domicilio, dedicada a velar por la protección de la infancia o de la familia, o por profesionales, cuyos dictámenes sean respaldados por una entidad de tal naturaleza.
El informe será el resultado de una amplia investigación psicológica.
Todas las hojas del informe psicológico deben estar membretadas, selladas y firmadas por el psicólogo responsable.
Si existen hijos biológicos, es necesario que el profesional evalúe la capacidad y preparación que ellos tienen para aceptar un hermano o hermana adoptivo.
Para que el estudio psicológico tenga validez, debe contener todos los aspectos o criterios solicitados en este esquema.


La solicitud para el trámite administrativo de adopción, se puede hacer en la Oficina para Adopciones (OPA), en el primer nivel de la Torre PGR, situada en el Centro de Gobierno de la ciudad capital de San Salvador, o en cualquiera de las Procuradurías Auxiliares del Interior de la República.


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Imagen que muestra monumento "Maternidad", cuyo autor es Dago Reyes del año 1972. Dicho monumento fue trasladado a la Torre PGR en Febrero de 2002.
Escultor:
Dago Reyes.
Monumento trasladado a la Torre PGR en Febrero de 2002



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