consejo y orientación accidente de Transito

27 Mar 2014 08:06 #1 por Solidaridad
Buenos días acudo a ustedes para que me orienten sobre lo siguiente muchas gracias por su ayuda.

Resulta que mi esposo tuvo un accidente el sabado 22 de marzo, conciliamos pero no en acta notarial, si no en un escrito privado con las generales de ambos y con la firma de dos testigos a los cuales incluí con sus generales en el escrito dando fe de lo sucedido, pero no detallé las placas de los carros, ni nada que los identifique he allí mi preocupación, por que si mencione el accidente lugar, fecha, hora, monto de lo entregado y en concepto de daños y perjuicio ocacionados por el accidente asi como la entera satisfacción de la victima, que ambos firmaron junto con los testigos, sólo que percatándome y cómo uno no conoce las intenciones o las posibles consecuencias por no hacerlo ante notario leí los art. que les copio


Art. 39 lpesadt.- OCURRIDO UN ACCIDENTE EN QUE SÓLO RESULTAREN DAÑOS MATERIALES, O CUANDO EL CONDUCTOR FUERE UN MENOR DE EDAD A QUIEN SE LE ATRIBUYERE DAÑOS PERSONALES, MATERIALES O AMBOS, LOS INTERESADOS O EL REPRESENTANTE LEGAL EN SU CASO, PODRÁN COMPARECER ANTE CUALQUIER JUEZ DE PAZ O NOTARIO, A EFECTO DE CONSIGNAR EN UN ACTA LAS ESTIPULACIONES EN QUE HUBIEREN CONVENIDO SOBRE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS. LA CERTIFICACIÓN DEL ACTA QUE EXTIENDA EL JUEZ DE PAZ O EL ACTA NOTARIAL EN SU CASO, TENDRÁN FUERZA EJECUTIVA. TANTO LA CERTIFICACIÓN COMO EL ACTA SE EXTENDERÁN EN PAPEL COMÚN.(3)


Art. 99 LTTTYSV.- Ocurrido un accidente de tránsito en que sólo resultaren daños materiales; sin
Perjuicio de lo estipulado en el Art. 39 de la Ley de Procedimientos Especiales sobre Accidentes de
Tránsito, los interesados podrán comparecer ante el Departamento Jurídico de la Dirección General de Tránsito, a efecto de consignar en un acta las estipulaciones en que hubieren convenido sobre la
Reparación de daños. La certificación del acta, tendrá fuerza ejecutiva.

¿puedo aplicar lo del art. 99 levando el escrito que les menciono para mi mayor tranquilidad? pues temo que esta persona se apersone y pueda incoar una acción posterior aún sabiendo que ya fue solventado.

muachas gracias por su orientación y ayuda.

"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.

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27 Mar 2014 10:09 #2 por alvarado90
Respuesta de alvarado90 sobre el tema consejo y orientación accidente de Transito
llego la policia a levantar alguna acta???????

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27 Mar 2014 10:23 #3 por Solidaridad
Respuesta de Solidaridad sobre el tema consejo y orientación accidente de Transito
Si llegó la policía por que hay un puesto enfrente del lugar, dijeron y lo consignaron en el libro de novedades pero no llegó transito.

"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.

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27 Mar 2014 10:39 #4 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema consejo y orientación accidente de Transito
El que interesaria seria el acta de los agentes de transito,pero para este caso no la veo necesaria,pues por suerte ya llegaron a un acuerdo.En efecto lo ideal hubieria sido realizar el acuerdo en acta notarial,pero me parece perfecta la alternativa de apersonarse al Juridico de transito,aunque como dicen todo es cuestion de voluntad de cumplir lo acordado.
El siguiente usuario dijo gracias: Solidaridad

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27 Mar 2014 16:17 #5 por munraa
Respuesta de munraa sobre el tema consejo y orientación accidente de Transito
Legalmente el documento que otorgaron no tendria valor probatorio alguno, por tratarse de un documento privado, cuyas firnas no han sido autenticadas y no llenar los requisito legal respectivos. Considero que deberia de solicitar una certificacion del acta que se consigno en el "libro de novedades" que la policia levanto en el lugar del accidente, ya que es posible, que al ver que habian conciliado los involucrados en el accidente, dicha circunstancia la consignaron en dicha acta, la cual eventualmente, podria ayudarle ante una maniobra inescrupulosa que pueda intentar la victima del accidente.
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27 Mar 2014 16:22 #6 por Salvador90
Respuesta de Salvador90 sobre el tema consejo y orientación accidente de Transito
mi recomendación,que levantaran un acta notarial, en donde se reconoce el documento privado por ambos suscriptores y por los testigos, para darle mayor fuerza al instrumento, pues un instrumento privado esta sometido a reglas especiales al momento de intentarlo hacer valer en juicio, como es que la contra parte reconozca el instrumento, lo mas recomendable seria, que se levante un acta en presencia de ambos, o que se homologue el instrumento ante un juez competente.
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