Abogado Recien Autorizado por la CSJ

01 Nov 2013 21:52 #1 por Randy Marsh
Abogado Recien Autorizado por la CSJ Publicado por Randy Marsh
:unsure: Buen dia usuarios espero puedan ayudarme la verdad soy abogado recien autorizado por la csj y honestamente no entiendo eso de poner el numero de nit en las demandas cuando ya representamos a alguien en un caso, se que es para informar al ministerio de hacienda pero quisiera saber si debo registrarme en em ministerio de hacienda tambien y emitir facturas o como aplica.... de ante mano gracias :)

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04 Nov 2013 08:14 - 04 Nov 2013 09:59 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Abogado Recien Autorizado por la CSJ

Randy Marsh escribió: :unsure: Buen dia usuarios espero puedan ayudarme la verdad soy abogado recien autorizado por la csj y honestamente no entiendo eso de poner el numero de nit en las demandas cuando ya representamos a alguien en un caso, se que es para informar al ministerio de hacienda pero quisiera saber si debo registrarme en em ministerio de hacienda tambien y emitir facturas o como aplica.... de ante mano gracias :)


Se consigna el nùmero por disposiciòn legal inciso tercero del art. 122 del Còdigo Tributario; y porque son los jueces los que deben informar:

LOS JUECES DE LA REPÚBLICA QUE, EN RAZÓN DE SU COMPETENCIA TENGAN CONOCIMIENTO DE JUICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA, EN LOS QUE INTERVENGAN ABOGADOS EN CALIDAD DE DEFENSORES PRIVADOS O QUERELLANTES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS SIGUIENTES DE EFECTUADA SU ACREDITACIÓN EN EL PROCESO O JUICIO RESPECTIVO, EL NOMBRE DEL ABOGADO, SU NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA Y EL NÚMERO DE LA TARJETA DE ABOGADO EMITIDA POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y EL TIPO DE JUICIO O PROCESO. (9)

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Randy Marsh

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04 Nov 2013 11:44 #3 por Mapache
Respuesta de Mapache sobre el tema Abogado Recien Autorizado por la CSJ
el art. 122 y siguientes del Código Tributario puede evacuar sus dudas. suerte.

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04 Nov 2013 11:49 #4 por maryjane
Respuesta de maryjane sobre el tema Abogado Recien Autorizado por la CSJ
GRACIAS POR LA INFORMACION COLEGAS SIEMPRE ES BUENO DESPEJAR NUESTRAS DUDAS BENDICIONES.

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04 Nov 2013 15:52 #5 por Berlin
Respuesta de Berlin sobre el tema Abogado Recien Autorizado por la CSJ
Hay Que tramitar en hacienda para que dependiendo los ingresos, se tenga que pagar el impuesto, hay que leer el Codigo Tributaro.
El siguiente usuario dijo gracias: Randy Marsh

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05 Nov 2013 12:32 #6 por Randy Marsh
Respuesta de Randy Marsh sobre el tema Abogado Recien Autorizado por la CSJ
que hay que tramitar disculpa

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