accidentes de transito

29 Oct 2013 11:34 #1 por oliva26
accidentes de transito Publicado por oliva26
Buenos días, alguien me puede colaborar con su opinión en este caso: En un accidente de tránsito, en el cual se firmó acta de conciliación, entre las partes, el afectado puede ceder sus derechos a una tercera persona? por ejemplo a una aseguradora, para que inicie juicio de tránsito, en su lugar ( como demandante), en base al derecho de subrogación de la póliza de seguro? y si se puede tendría que hacerse una cesión de los derechos que surgen del acta concilitoria?

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29 Oct 2013 13:04 #2 por furio14
Respuesta de furio14 sobre el tema accidentes de transito
La respuesta a las dos preguntas es si.

Sin embargo surgirian al reves de como usted lo plantea por economia juridica.

Primero se cederian los derechos o acuerdos a los que se llego en el acta de conciliacion a favor de la aseguradora, y si no se cumplen los acuerdos entonces la aseguradora como titular de los derechos que se le cedieron puede decidir si inicia algun proceso legal o no.

Pero Julio Cesar no lo vio.

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29 Oct 2013 15:17 #3 por oliva26
Respuesta de oliva26 sobre el tema accidentes de transito
Gracias,por su asesoría, me recomienda que en el acta conciliatoria se plasme que cede sus derechos a la aseguradora? y proceder primero a gestionar extrajudicialmente los acuerdos tomados.

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