Custodia compartida

08 Jul 2013 22:58 #1 por urano
Custodia compartida Publicado por urano
Buenas noches, estimados colegas, quisiera saber si en nuestra legislación es procedente que en un divorcio por la causal de separación absoluta, el padre que tiene el cuidado personal de su hijo, pueda manifestar que es su voluntad, compartir el cuidado o custodia con su conyuge, es decir que quede establecido legalmente la custodia compartida sobre el hijo o si existe alguna reforma en materia de familia, que permita que se comparta por ambos padre el cuidado personal o custodia compartida, estaré infinitamente agradecida por su valiosa colaboración. :dry:

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09 Jul 2013 07:48 - 09 Jul 2013 08:01 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Custodia compartida
El concepto de "custodia" no es manejado en nuestra legislaciòn de familia.

Se entiende que ese termino se refiere al Cuidado Personal de los menores de edad, como una obligaciòn que se deriva del ejrcicio de la Autoridad Parental (art. 211 CF)

En ese orden de ideas y cuando se refiere a los acuerdos sobre el cuidado personal de los menores, no existe una regla establecida que prohiba que ambos padres que se encuentran separados ejercen de forma conjunta el cuidado personal; y de la lectura del art. 216 CF, se confirma que la ùnica limitante serà que dicho acuerdo sobre quien ejercerà el cuidado personal es que sea "atentatorio al interès del hijo".

Caso concreto: Que los padres ejerzan de forma conjunta el cuidado personal y en consecuencia la representaciòn legal de sus menores hijos; pero que por dicho acuerdo el menor debe "dormir" en casa del padre los dìas lunes, miercoles y viernes; y en casa de la madre martes, jueves y sàbado; y que el domingo lo pasaràn por la mañana con el padre y por la tarde con la madre.
Algunos jueces creeran que dicho acuerdo no procura la estabilidad de un menor; ya que "viajar" de una casa a otra en un intervalo de tiempo tan corto, hace que el menor se sienta desarraigado y que su sentido de pertenencia no sea cultivado.

Entonces antes de acordar un Cuidado Personal, compartido debe pensarse en el interès superior del hijo, para que los acuerdos sean avalados por un Juez.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Odin, urano

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09 Jul 2013 07:56 #3 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Custodia compartida
Es que la figura de "Cuarda y cuido" es algo supletorio al deber de los dos progenitores de darle un hogar a la niña o niño,que en su defecto entra a operar por la separacion. Por lo que si los padres llegan a un convenio y lo plasman en el acuerdo de divorcio el tiempo en que cada uno tendra para cuidarlo; esta situacion operaria mas de facto por estar estipulada, y seria de por si practica y eficiente; pues de si de incumplirlo podria alegarse al juzgado que el juez haga cumplir la sentencia de divorcio,la cual incluye lo estipulado. Asi deforma "ipso facto" y no "ipso iure" quedarian resueltas las pretensiones de ambos.
El siguiente usuario dijo gracias: urano, daniel_najera

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