CONSULTA

08 Mar 2013 20:58 #1 por Efraín Rivas Palacios
CONSULTA Publicado por Efraín Rivas Palacios
que tipo de documento o trámite se puede hacer cuando a una jóven de 20 años le pide una institución educativa que se debe agregar un nombre porque en su partida de nacimiento solo le aparece un nombre

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08 Mar 2013 21:04 #2 por Efraín Rivas Palacios
Respuesta de Efraín Rivas Palacios sobre el tema Re: CONSULTA
que tipo de documento o trámite se puede hacer cuando a una jóven de 20 años le pide una institución educativa que se debe agregar un nombre porque en su partida de nacimiento solo le aparece uno

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08 Mar 2013 21:38 #3 por hervalmur
Respuesta de hervalmur sobre el tema Re: CONSULTA
pues el cambio solo puede realizarse por sentencia judicial, puedes leer el art. 39 de la ley del nombre de la persona natural. y puedes realizarlo en los juzgados de lo civil o de familia, ambos tiene la facultad para hacerlo.

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09 Mar 2013 05:15 #4 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: CONSULTA
LEY DEL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL
FORMACION DEL NOMBRE PROPIO

Art. 7.- El nombre propio estará formado por dos palabras como máximo, y se asignará al inscribirse el nacimiento en el Registro Civil correspondiente

La ley no obliga a tener dos nombres, pues dice que el nombre se formará con dos palabras como máximo, lo que no se puede es tener tres, habla de maximo dos palabras, a contrario si el maximo es dos el minimo es un nombre, yo enseñaria la ley del nombre, especificamente este articulo, por otro lado la educacion no puede negarsele a una persona por ninguna razon, es un derecho constitucional.

Ahora si la persona a falta del otro nombre, quiere agregar uno, lo cual no es obligatorio, a mi se me ocurre que podria intentarse diligencias de rectificacion de partida de nacimiento, agregando la prueba documental que permita hacerlo, con suerte la constancia del hospital mencione el otro nombre o simplemente con testigos, una fe de bautismo que refiera el otro nombre etc, el solicitante alegaria que por omision al momento de asentarla se consigno su nombre solamente como PABLO DIAZ, siendo lo correcto PABLO JOSE DIAZ, por ejemplo. Aunque mantengo mi postura no hay nada que obligue en la ley a llevar dos nombres.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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09 Mar 2013 05:23 #5 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: CONSULTA
A lo que se estan arriesgando en el colegio o escuela, es a que se les interponga un amparo por violacion al derecho a la educacion. Pero para ellos es de asegurarse que te denieguen por escrito la matricula o cualquier otro tramite que implique acceder a la educacion.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.

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