REvocacion de Poder

08 Oct 2012 15:50 #1 por Beatrizcolato
REvocacion de Poder Publicado por Beatrizcolato
hola necesito que me ayuden en cuanto a la revocacion de poder, un señor otorgo u npoder pero ahora quiere quitarle las facultades que el otrogoe en ese caso quien debe de hacer la revocacion elPoderdanteo el APoderado y si es en escritura publica o acta notarial . El apoderad no tiene facultades para otorgar sustituciones o revocaciones...........

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08 Oct 2012 16:58 #2 por peter83
Respuesta de peter83 sobre el tema Re: REvocacion de Poder
pues el que debe de revocar el Poder es el Poderdante, este es el que debe de revocarlo, pero si es para juzgados pues la verdad solo debe otorgarte nuevo poder a ti, lo presentas y ya va implícito la revocatoria

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08 Oct 2012 17:00 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: REvocacion de Poder
Buenos Dìas...

Quien hace la revocatoria del poder es quien inicialmente otorgo las facultades; y puede hacerla en Escritura, tiene basicamente el mismo formato, solo que existe una parte en la que expresa que ese poder revoca los anteriormente otorgados (puede referirse al poder en especifico con fecha, hora, ante quien fue otorgado (Notario) y a quien le fue otorgado)


Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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08 Oct 2012 23:20 #4 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: REvocacion de Poder
Mira quien debe revocar el poder es el poderdante, y me baso en la siguiente disposición Art. 1897.CIVIL- Cuando la delegación a determinada persona ha sido autorizada expresamente por el mandante, se constituye entre el mandante y el delegado un nuevo mandato que sólo puede ser revocado por el mandante, y no se extingue por la muerte u otro accidente que sobrevenga al anterior mandatario y respecto al tipo de documento puede ser en acta o en escritura publica, no olvides hacer las diligencias para tal efecto NOTIFICACION DE REVOCACION DE PODERES O SUSTITUCIONES
Art. 23.ley del ejercicio notarial..- La revocatoria del mandato o poder podrá notificarse por medio de notario al apoderado
o apoderados que se originen del mismo mandato.
Si no encontrare a la persona a quien deba hacerse la notificación, el notario lo hará constar y efectuará la misma por medio de edictos que publicará en la forma indicada en el Artículo 5 de esta Ley; y se tendrá por hecha la notificación a partir del día siguiente al de la última publicación.
El notario entregará originales las diligencias al interesado..

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17 Dic 2012 23:54 #5 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: REvocacion de Poder
Tienes un formato de ello mi estimado amigo Herberth...?

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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18 Dic 2012 00:48 - 18 Dic 2012 00:56 #6 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: REvocacion de Poder
De la terminación del mandato.

"Art. 1923.CC- El mandato termina:
3º Por la revocación del mandante"

"Art. 1924.- La revocación del mandante puede ser expresa o tácita. La tácita es el encargo del mismo negocio a distinta persona.
Si el primer mandato es general y el segundo especial, subsiste el primer mandato para los negocios no comprendidos en el segundo."

"Art. 1925.- El mandante puede revocar el mandato a su arbitrio, y la revocación, expresa o tácita, produce su efecto desde el día que el mandatario ha tenido conocimiento de ella; sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1931"

De ahí la importancia de las diligencias de notificación que te han dicho los colegas.

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18 Dic 2012 03:42 #7 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: REvocacion de Poder
Mire colega frank, estas diligencias las tome, de un colega ( paco, creo) espero le sirvan, solo es cuestion de adecuarlas..

DILIGENCIAS DE
REVOCATORIA DE MANDATO.dot[/attachment]
NUMERO TREINTA Y TRES.- En la ciudad de San
Salvador, a las nueve horas del día veinte de
Septiembre del año dos mil cuatro.- Ante mí, ----,
Notario de este domicilio, comparece la señora
Z, de treinta y ocho años de edad, Licenciada
en Química y Farmacia, del domicilio de esta
ciudad, persona de mi conocimiento, quien
además se identifica su Documento Unico de
Identidad número ----, y ME DICE: I- Que a las
nueve horas del día veintitrés de septiembre de
mil novecientos noventa y cuatro, en esta ciudad,
ante los oficios notariales de la Doctora ----,
confirió PODER ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL,
amplio y suficiente a favor de las señoras:
mayor de edad, Abogado y Notario, de este
domicilio -, -; y
también mayor de edad,
Terapista de Lenguaje, de este domicilio,
facultándolas entre otros actos, para que en su
nombre, conjunta o separadamente,
administraran todos sus bienes, fueren
inmuebles, muebles, valores o derechos,
pudiendo darlos en arrendamiento, percibiendo el
importe de los cánones de arrendamiento y
extendiendo los recibos de pago de los mismos.
Asimismo, las facultó para que la representaran
en todo asunto judicial o extrajudicial; así como
para que iniciara, siguieran o fenecieran por todos
los trámites e instancias de derecho y ante
cualquier autoridad o tribunal, toda clase de
juicios o diligencias, fueren civiles, criminales,
gubernativas, comerciales, fiscales, laborales,
administrativas y de cualquier otra índole,
confiriéndoles las facultades generales del
mandato y las especiales comprendidas en el
Artículo ciento trece del Código de Procedimientos
Civiles. II- Que por medio de este instrumento,
REVOCA el poder anteriormente relacionado,
dejándolo sin efecto en todas sus partes. Así se
expresó la otorgante, a quien expliqué los efectos
legales de este instrumento; y leído que le hube
todo lo escrito, íntegramente en un solo acto,
manifiesta que está redactado de acuerdo a su
voluntad, ratifica su contenido y firmamos. DOY
FE.-
En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del
día veintidós de septiembre del año dos mil
cuatro. Ante mí, ---, Notario de este domicilio,
comparece la señora ----, de treinta y ocho años
de edad, Licenciada en Química y Farmacia, del
domicilio de esta ciudad, a quien conozco, con
Documento Unico de Identidad número ----, y ME
DICE: I- Que es su deseo revocar y dejar sin efecto
en todas sus partes el Poder Administrativo y
Judicial otorgado por ella en su carácter personal,
en esta ciudad, a las nueve horas del día
veintitrés de septiembre de mil novecientos
noventa y cuatro, en los oficios notariales de la
Doctora Teresa Elsy Ochoa Romero, a favor de las
señoras: Licenciada
E, quien es mayor de
edad, Abogado, de este domicilio y del de Antiguo
Cuscatlán, Departamento de La Libertad; y ----,
quien es mayor de edad, Terapista de Lenguaje,
de este domicilio. II- Que según consta del
Testimonio de la Escritura Pública, otorgada en
esta ciudad, a las nueve horas del día veinte del
presente mes y año, el cual me presenta para que
se agregue a las presentes diligencias, ha
comparecido ante mis oficios notariales, a
REVOCAR el poder antes relacionado. III- Que de
conformidad con lo establecido en el Artículo
veintitrés de la Ley del Ejercicio Notarial de la
Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, ME
PIDE: a) Que le admita esta solicitud y le tenga
por parte en el carácter en que comparece; b) Se
notifique a las señoras: Licenciada ---- y
, la
revocatoria del Poder Administrativo y Judicial
otorgado a su favor, relacionado en el romano I de
esta acta notarial; y c) Practicada que sea dicha
notificación, se le entreguen las diligencias
originales. Así se expresó la otorgante, a quien
expliqué los efectos legales de esta acta notarial
que consta de un solo folio útil; y leído que le
hube todo lo escrito, íntegramente en un solo
acto, manifiesta su conformidad, ratifica su
contenido y firmamos. DOY FE.-
En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y
treinta minutos del día veintidós de septiembre
del año dos mil cuatro. Ante mí y por mí,
,
Notario de este domicilio, RESUELVO: a) Admítase
la solicitud presentada por la señora ----Z, a quien
se le tiene por parte en el carácter en que
comparece; b) Agréguese la documentación
presentada por la solicitante; y c) Notifíquese a las
señoras: Licenciada ---- y ----, la revocatoria del
Poder Administrativo y Judicial otorgado a su
favor. Así me expreso, leo íntegramente la
presente acta notarial, ratifico su contenido y
firmo. DOY FE.-
En la ciudad de San Salvador, a las quince horas
y treinta minutos del día veinticuatro de
septiembre del año dos mil cuatro. Constituido el
Suscrito Notario, Licenciado
, en la Oficina
Profesional situada en el Centro
, Local ---,
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,
con el objeto de darle cumplimiento a lo solicitado
por la señora
Z, a fin de notificar a la
Licenciada
, la REVOCATORIA del Poder
Administrativo y Judicial, otorgado a su favor y de
otra, en esta ciudad, a las nueve horas del día
veintitrés de septiembre de mil novecientos
noventa y cuatro, en los oficios notariales de la
Doctora
, procedo a ello, leyendo íntegramente
la solicitud de folios uno a la Licenciada
, a
quien no expliqué los efectos legales de la misma,
pues por su calidad de Abogada son de su
conocimiento, habiéndose identificado con su
Documento Único de Identidad número cero un
millón setecientos mil doscientos diez-dos.
Enterada del contenido de la presente acta, la
Licenciada
se da por NOTIFICADA y para
constancia firmamos. DOY FE.-
En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del
día veinticuatro de septiembre del año dos mil
cuatro. Constituido el Suscrito Notario, en la casa
de habitación situada en Residencial Las Alquerías
número DIECIOCHO, de esta ciudad, con el objeto
de darle cumplimiento a lo solicitado por la señora
MELIDA LETICIA DE JESUS ZEPEDA MARTINEZ
conocida por MELIDA LETICIA ZEPEDA MARTINEZ
antes DE VARGAS ahora solo por MELIDA LETICIA
ZEPEDA MARTINEZ, a fin de notificar a la señora
ANA ETHEL DEL CARMEN MARTINEZ DE ZEPEDA
conocida por ANA ETHEL MARTINEZ DE ZEPEDA y
por ANA ETHEL DE ZEPEDA, la REVOCATORIA del
Poder Administrativo y Judicial, otorgado a su
favor y de otra, en esta ciudad, a las nueve horas
del día veintitrés de septiembre de mil
novecientos noventa y cuatro, en los oficios
notariales de la Doctora Teresa Elsy Ochoa
Romero, procedo a ello, a presencia de la
interesada señora ZEPEDA MARTINEZ, leyendo
íntegramente la solicitud de folios uno y
explicando además los efectos legales de la
misma a la señora ANA ETHEL DEL CARMEN
MARTINEZ DE ZEPEDA conocida por ANA ETHEL
MARTINEZ DE ZEPEDA y por ANA ETHEL DE
ZEPEDA, quien se identifica con su Documento
Unico de Identidad número cero cero trescientos
veintinueve mil ciento sesenta y siete-seis.
Enterada del contenido de la presente acta, la
señora ANA ETHEL DEL CARMEN MARTINEZ DE
ZEPEDA conocida por ANA ETHEL MARTINEZ DE
ZEPEDA y por ANA ETHEL DE ZEPEDA, se da por
NOTIFICADA y para constancia firmamos. DOY FE.-
En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete
horas del día veinticuatro de septiembre del año
dos mil cuatro.- Ante mí y por mí,
, Notario de
este domicilio, RESUELVO: Habiéndose notificado
a las señoras: Licenciada
y
, la
REVOCATORIA del Poder Administrativo y Judicial
otorgado a su favor por la señora ----Z,
entréguense a la interesada las diligencias
originales. Así me expreso, leo íntegramente la
presente acta notarial que consta de un solo folio
útil, ratifico su contenido y firmo. DOY FE.-
El siguiente usuario dijo gracias: ecoz

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18 Dic 2012 16:49 #8 por lic_Robert
Respuesta de lic_Robert sobre el tema Re: REvocacion de Poder
MUY BUENOS DIAS COLEGAS... Sobre el aporte que ha realizado Heberth, puedo decirles que hace poco hice unas diligencias de revocacion de poder, y no la asente en el protocolo, simplemente en el acta notarial hice la revocacion y en el mismo acto la solicitud de notificacion de la revocacion, en adelante seguí el mismo procedimiento que ha plasmado el colega Heberth... ya que la ley no dice nada al respecto que la revocatoria debe hacerse en Escritura Publica.- Saludos colegas

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18 Dic 2012 17:02 #9 por lic_Robert
Respuesta de lic_Robert sobre el tema Re: REvocacion de Poder
QUISIERA DAR OTRO APORTE, LA PREGUNTA INICIAL FUE QUE QUIEN ERA EL QUE REVOCA EL PODER, SI EL PODERDANTE O EL APODERADO... EL ART. 1923 ORD. 3 ESTABLECE QUE REVOCA EL MANDANTE.... PERO EN EL ORD. 4 ESTABLECE QUE EL APODERADO O MANDATARIO PUEDE RENUNCIAR AL CARGO, LO CUAL VALIDAMENTE PODRIA HACERSE EN ACTA NOTARIAL.-

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21 Ene 2013 17:43 #10 por franciscolegis
Respuesta de franciscolegis sobre el tema Re: REvocacion de Poder
Me parecen muy acertados los comentarios respecto a la revocatoria, yo en lo particular he realizado diligencias de revocatoria conforme la LJVOD y no he tenido problemas. Quisiera saber si alguien ha elaborado renuncias de mandatarios o apoderados.

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