CONSULTA SUSCRIPCION DE ORDEN DE COMPRA

05 Jun 2012 18:52 #1 por adymen72
Hola, quisiera que me ayudaran respecto a una duda sobre un comentario que el asesor jurídico de la Institución en la cual trabajo relacionada con las compras por libre gestión así:

Por ser una Institución que realiza los procesos de compra por libre gestión la mayoría de tramites se realiza utilizando los medios tecnológicos ya que LACAP así como en la política de austeridad se permiten para agilizar los procesos, claro esta dejando constancia de todo el proceso; la cuestión es la siguiente:

1. Después de haber analizado las ofertas presentadas por los proveedores y adjudicado la compra a X proveedor (Empresas ubicadas en San Salvador) se elabora la Orden de Compra y mediante el Fax se procede a enviar dicha orden recibiendo el proveedor dichos Fax (de lo cual se deja constancia imprimiendo el reporte de envío y confirmado posterior su recepción) para agilizar la compra.

2. En el momento del envió la orden de compra únicamente esta firmada por Jefe UACI, Solicitante y el Director autorizando la compra; posteriormente la empresa al momento de la entrega envia un documento en el cual autoriza al portador de este para que firme en representación de la empresa (gerente, representante legal etc.).

Mi pregunta es relacionada con el numeral 2: ¿Se comete ilegalidad al firmar la orden de compra posteriormente a su elaboración: como por ejemplo fecha registrada en orden de compra 1 de junio 2012; fecha del documento en donde se autoriza al portador para que firme la Orden de compra 10 de junio 2012?

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05 Jun 2012 20:44 #2 por jcrodezno
Respuesta de jcrodezno sobre el tema Re: CONSULTA SUSCRIPCION DE ORDEN DE COMPRA
Buenas tardes adymen72.
Mira, en principio la Ley no dice nada en concreto sobre el caso que tu dispones.
Sin embargo, te planteo mi posición al respecto.
1) El principio básico de las compras es que suscribes el contrato, orden de compra antes de que se te entregue el bien o servicio, pues en ese documento es en el que estableces las condiciones y garantías que debe cumplir el proveedor.
2) En estricto derecho, el firmar la Orden de Cambio con una fecha que no es en la que en realidad se está firmando, puede constituir un caso de Falsedad Ideológica.
3) Definitivamente existe una ilegalidad en cuanto a que se autorice a una persona cualquier a firmar la Orden de Compra. En principio debe ser firmada por el Representante Legal o quien tenga facultades para ello. Es decir, no puede firmarla el ordenanza o mensajero, ni aún con una carta autorizándolo para ello.
En una institución en la que yo trabajaba, lo que hacíamos era enviar la Orden de Compra con el Motorista o Mensajero para firma del Representante Legal o apoderado, aunque previamente se enviaba por fax para conocimiento de la adjudicación y se prepararan para la entrega del bien o servicio contratado.
Espero te ayuden estos comentarios.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, adymen72

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05 Jun 2012 23:39 #3 por rogelio.olla
Respuesta de rogelio.olla sobre el tema Re: CONSULTA SUSCRIPCION DE ORDEN DE COMPRA
Efectivamente, así como la orden de compra debe ser firmada por el representante legal, tambien la oferta debe estar debidamente firmada y sellada por la empresa, ya que este tipo de negocios es una compraventa y debe reunir los requisitos de esta.

En derecho administrativo se deben de notificar loas actos administrativos y la adjudicacion es un acto administrativo importante, ya que se le esta otorgando un derecho a una persona y negando a otra de tal derecho, lo cual le afecta y para que el acto quede en firme debe de ser notificado asi lo dice la corte surema de justicia.
El siguiente usuario dijo gracias: adymen72

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06 Jun 2012 02:22 #4 por apolo
Respuesta de apolo sobre el tema Re: CONSULTA SUSCRIPCION DE ORDEN DE COMPRA
Debes considerar que la firma del Suministrante en la Orden de Compra no es en calidad de otorgante del instrumento, la Orden de Compra la emite la institución y las firmas de los funcionarios que aparecen en ella tienen distintas calidades, por ejemplo: de quien tramita, de constancia de respaldo de fondos y por supuesto la autorizacion de la misma.

La firma del suministrante en el documento está más bien referida a dejar constancia en que momento lo recibe a efectos de contar el plazo para la entrega del bien o servicio.

Debes tener en cuenta tambien que dependiendo de la naturaleza del bien o servicio a adquirir la institución bien puede optar por otorgar mejor un contrato en lugar de la Orden de Compra, con lo cual se garantiza mejor la institucion. art. 79 LACAP.

Saludos Cordiales
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06 Jun 2012 03:11 #5 por jcrodezno
Respuesta de jcrodezno sobre el tema Re: CONSULTA SUSCRIPCION DE ORDEN DE COMPRA
Estimado Apolo:
Difiero un poco de tu posición en el sentido de considerar que la firma del suministrante en una Orden de Compra no es en calidad de otorgante.
No olvides que en aquellos casos en que se emita la Orden de Compra, es ésta el documento de obligación que deriva de la decisión de adjudicar la compra por libre gestión a un proveedor en detrimento de otro.
Por tanto, la Orden de Compra en este caso, se puede equiparar al Contrato que se debe suscribir en las licitaciones o concursos.
En consecuencia, la firma del suministrante si es en calidad de otorgante, pues con ella acepta las condiciones establecidas en la Orden para el suministro.
Saludos cordiales.

P.D. Tienes total razón en que la institución tiene la potestad de irse por la vía de la Orden de Compra o por la suscripción de un Contrato per se. Esto generalmente se decide por las condiciones del suministro y del pago o por el tipo de bien o servicio que se ha cotizado a través de la Libre Gestión.
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24 Jul 2013 14:31 #6 por rogelio.olla
Respuesta de rogelio.olla sobre el tema Re: CONSULTA SUSCRIPCION DE ORDEN DE COMPRA
Lo importante es tener el documento de compra firmado primero por el que adjudica y luego por el suministrante,para que este correcto el documento. no importa como lo hagas, pero el documento debe estar firmado por el suministrante.

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