inhabilitacion y suspencion a los notarios

18 Mar 2012 01:47 #1 por Sol91
Cual es el tramite que se sigue para suspender e inhabilitar a un notario por ignorancia inexcusable de ley. Muchas Gracias

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Mar 2012 02:07 #2 por rogelio.olla
Respuesta de rogelio.olla sobre el tema Re: inhabilitacion y suspencion a los notarios
El procedimiento se encuentra en los articulos 11 y 12 de la ley del notariado
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Mar 2012 02:25 - 18 Mar 2012 02:39 #3 por Sol91
Respuesta de Sol91 sobre el tema Re: inhabilitacion y suspencion a los notarios
Muchas gracias. Aunque tengo entendido que se interpone una denuncia a la seccion de invesgacion profesional de la csj ... puede aplicarsele a lo notarios el art. 59 de la ley de la carrera judicial en cuanto a la denuncia y procedimientos??

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

22 Mar 2012 01:43 #4 por JEDY
Respuesta de JEDY sobre el tema Re: inhabilitacion y suspencion a los notarios
Hola, deseo aclarara una cosa, la suspensión de cualquier abogado de la república, repercute en su calidad de notario, si solo se trata de una denuncia por una mala actuación notarial, se ventilara judicialmente ya que no se puede alegar ignorancia de ley; pero cualquier denuncia ante la sección de investigación profesional de la CSJ, lleva invivito la sanción administrativa de suspensión profesional,--ojo---con la sola robustez moral de la CSJ, y de existir responsabilidad penal o civil deja al interesado la posibilidad de iniciar cualquier acción o de oficio la puede mandar a la FGR si es delito.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

22 Mar 2012 02:32 #5 por El Justo Zamora
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema Re: inhabilitacion y suspencion a los notarios
Cualquier persona, natural o juridica, instancia o institucion que advierta la existencia de un delito tiene la oblicacion ojo la olblicgaicon de ponerlo en concimieto de la fgr, en el caso de isntituciones del Estado de no hacelo incurren en delito de omison de dar aviso, ya??

Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

22 Mar 2012 03:45 #6 por Bessy Aviles de Quijano
Respuesta de Bessy Aviles de Quijano sobre el tema Re: inhabilitacion y suspencion a los notarios
DEBES IR COMO TU BIEN LO MANIFIESTAS A LA SECCION DE INVESTIGACION PROFESIONAL, AHI LE ABRIRAN EL EXPEDIENTE AL NOTARIO....
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.181 segundos
Gracias a Foro Kunena