Salida de menor al extranjero

11 Sep 2014 12:23 #1 por def10vir01
Salida de menor al extranjero Publicado por def10vir01
Hola;
Sucede que hay una señora que quiere irse de vacaciones por una semana a Roatan y quiere llevarse a su hijo menor de edad.

El hijo es reconocido por ambos padres. El problema está en que la relación con el padre, no existe desde hace unos 6 años, (el menor tiene 10 años), y para que el menor salga del país se necesita el permiso expreso del padre extendido ante notario.

¿Qué se puede hacer?

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11 Sep 2014 13:04 #2 por MARIO ALEXANDER LEMUS
Respuesta de MARIO ALEXANDER LEMUS sobre el tema Salida de menor al extranjero
REQUISITOS PARA LA SALIDA DEL PAIS DE MENORES DE 18 AÑOS:
• Partida de Nacimiento original en perfectas condiciones, son sus RESPECTIVAS MARGINACIONES.
• Recibo de pago de pasaporte de $12.00 dólares que se cancelan en cualquier banco del país.
• Acompañado por ambos padres con su respectivos DUI y fotocopias ampliadas al 150%.
• Si la persona menor de edad es acompañado por un solo padre o una tercera persona, el/los padres ausentes debe emitir un poder ante Notario Salvadoreño ó ante Cónsul Salvadoreño, debidamente autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
• En caso de haber fallecido uno de los padres, presentar certificación de partida de defunción original.
• Sí uno de los padres es de paradero desconocido, se deberá solicitar a la Procuraduría General de República, la opinión favorable para que el padre solicitante pueda realizar el trámite.
• Si se trata de personas menores de edad nacidos en El Salvador, hijos de extranjeros, el documento para identificar al (los) padre (s), al momento de solicitar pasaporte, será el pasaporte vigente de los padres extranjeros.
En el contexto de la nueva Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (Lepina), cuya entrada en vigor se atrasa hasta 2011, se han modificado aspectos de la normativa migratoria como la concesión de pasaportes a menores, unos requisitos que entraron en vigor.

Abogado Lemus

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11 Sep 2014 15:08 #3 por buffer72
Respuesta de buffer72 sobre el tema Salida de menor al extranjero
REQUISITOS PARA LA SALIDA DEL PAIS DE MENORES DE 18 AÑOS:
• Partida de Nacimiento original en perfectas condiciones, son sus RESPECTIVAS MARGINACIONES.
• Recibo de pago de pasaporte de $12.00 dólares que se cancelan en cualquier banco del país.
• Acompañado por ambos padres con su respectivos DUI y fotocopias ampliadas al 150%.
• Si la persona menor de edad es acompañado por un solo padre o una tercera persona, el/los padres ausentes debe emitir un poder ante Notario Salvadoreño ó ante Cónsul Salvadoreño, debidamente autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
• En caso de haber fallecido uno de los padres, presentar certificación de partida de defunción original.
• Sí uno de los padres es de paradero desconocido, se deberá solicitar a la Procuraduría General de República, la opinión favorable para que el padre solicitante pueda realizar el trámite.
• Si se trata de personas menores de edad nacidos en El Salvador, hijos de extranjeros, el documento para identificar al (los) padre (s), al momento de solicitar pasaporte, será el pasaporte vigente de los padres extranjeros.
En el contexto de la nueva Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (Lepina), cuya entrada en vigor se atrasa hasta 2011, se han modificado aspectos de la normativa migratoria como la concesión de pasaportes a menores, unos requisitos que entraron en vigor

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24 Sep 2014 10:45 #4 por Irma Pérez
Respuesta de Irma Pérez sobre el tema Salida de menor al extranjero
abonando a su consulta colega
toda la información requerida la encontrará en la página web de migración
ahí encontrará no sólo que hacer sino los formatos de las actas a llenar según el caso.
pues hoy en día migración ha emitido las actas que deben usarse y el proceso a seguir.


__________________________________________

Dirección General de Migración y Extranjería
República de El Salvador, C. A

REQUISITOS PARA QUE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PUEDAN SALIR DEL PAIS.
• Niño, niña y adolescente deberá portar su pasaporte y deberá ser acompañado por ambos padres con sus respectivos DUI o pasaportes vigentes.
• Si el niño, niña y adolescente viaja solo o es acompañado por un solo padre o por una tercera persona, el/los padres ausentes deben emitir una autorización en acta notarial ante notario autorizado de El Salvador, si están en el extranjero el acta deber ser emitida ante notario salvadoreño, embajador, cónsul o vice cónsul del consulado salvadoreño correspondiente.
• En caso de haber fallecido uno de los padres, el padre o madre que acompañe al Niño, niña y adolescente deberá presentar certificación de partida de defunción original del fallecido.
• Si uno de los padres es de paradero desconocido, deberá solicitar y portar la opinión favorable extendida por la Procuraduría General de la Republica.

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL ACTA NOTARIAL:

• Con base al art. 44 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, vigente desde el 16 de abril de 2010, para que un niño, niña y adolescente pueda salir del país con uno de los padres o terceros, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. El nombre, apellido, edad, profesión u domicilio y número de documento de identidad con su fecha de vencimiento, ya sea del padre o madre que autoriza la salida del país del niño, niña y adolescente.
2. Se deberá expresar el nombre, apellido, edad, profesión u domicilio y numero de documento de identidad, de la persona con quien viajara el niño, niña y adolescente.
3. El notario deberá consignar en el acta notarial una relación de la Certificación de la Partida de Nacimiento y del pasaporte del Niño, niña y adolescente
4. Se deberá indicar en el acta notarial el destino hacia donde viaje el niño, niña y adolescente y el tiempo de permanencia; ya fuese temporal o definitiva
5. Que los borrones, enmendaduras, entrerrenglonaduras, testaduras y cualesquiera otras correcciones, tienen que haber sido anotadas y salvadas íntegramente al final del
Instrumento y antes de las firmas.

_____________________________________________________________________
IMPORTANTE: Cualquier información adicional, favor solicitarla al teléfono 22137760 / 22137737 o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
______________________________________________________________
El servicio de revisión de actas notariales solamente se brinda en la oficina central de Migración y Extranjería; ubicada en 15ª. Calle Poniente y 9ª. Avenida Norte, Centro de Gobierno, San Salvador.
____________________________________________________________________________

Documentación a presentar para autorizaciones de salida de niños, niñas y adolescentes (NNA):

* Acta notarial original.

* Pasaporte y partida de nacimiento del NNA.

* DUI o pasaporte de los padres.

* DUI o pasaporte de la persona con la que viajará el NNA.

Importante: Deben presentar los documentos relacionados en el Acta Notarial.




Última actualización el Viernes, 14 de Diciembre de 2012 03:07


Dirección General de Migración y Extranjería
República de El Salvador, C. A
9a. Calle Pte. y final 15 Av. Nte. Centro de Gobierno, San Salvador.
Tels. (503) 2213-7700 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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25 Sep 2014 11:51 #5 por Rubita
Respuesta de Rubita sobre el tema Salida de menor al extranjero
hola, la repsuesta a su interrogante, la encontrara en el Art. 44 de la LEPINA, el Procurador General de la Republica, sera quien autorice la salida del pais del niño. Pero siempre y cuando el padre se encuentra ausente. Y si es el caso que se niegue a dar autorizacion ese mismo art. le da la respuesta.

R.Escobar
El siguiente usuario dijo gracias: nelsonisai

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