Muy buenos dias me an dejado el siguiente caso en la Universidad si son muy amables de asesorarme de ante mano gracias
CASO PRÁCTICO
Se presenta una herencia a la que son llamados el viudo y los tres hijos de la causante, de los cuales, dos son mayores de edad y el tercero, que también comparece, tiene diecisiete años. Se realiza la partición y se adjudican los bienes conforme al testamento, pero acto seguido el padre en representación y con el consentimiento del menor de edad, se presentan a la oficina del notario Nelson Juárez, quien realiza el documento de Donación respectivo en el que se dona a favor del abuelo del joven la parte que al mismo se le había adjudicado en determinado inmueble y lo presenta al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de esta ciudad.
Una vez calificado el documento el Registrador, le realizo observaciones porque el notario consigno el precio en números y no agrego el duplicado de la boleta de pago del impuesto de transferencias de Bienes y Raíces. Tras la lectura del caso planteado, conteste a las siguientes preguntas de forma razonada (Mencionar Disposiciones Legales). Si como Registrador le es asignado el documento, para su calificación responda lo siguiente:
1- Señale los requisitos formales y de fondo que examinaría en el instrumento para su inscripción.
2- ¿Son válidas las observaciones realizadas? ¿Cómo las fundamentaría?
3-¿Podría denegar la inscripción?
El fondo del problema que te han planteado, tiene que ver con la nulidad que adolece la donación que el menor hizo a favor del abuelo, por influencia del padre, lo cual es contrario a lo que establece el art. 230 FM. Léase este esta disposición porque esto será el fundamento de su respuesta. De ahí que el registrador en su calificación no puede registrar un acto que es contrario a ley. Así las observaciones a la escritura no tienen razón. Lo procedente es la denegación de la inscripción.
Art. 10.- CC. Los actos que prohibe la ley son nulos y de ningún valor..."
El siguiente usuario dijo gracias: juan avelar o, kmbm
los requisitos de forma son en cuanto a las formalidades que debe de cumplir el documento, como son los que la ley exige y de fondo son respecto a lo que versa el documento en si, en este caso como lo entendí, lo que veo ilícito que se puede impugnar es el hecho que el menor de edad a través de su padre le hacen una donación al abuelo, cosa que no se puede dar pues le despojan al hijo menor de edad de su herencia y la donación sería nula, por esta razón. El documento no fue inscrito por no llenar los requisitos legales y uno de ellos que no presentó la boleta de pago de los impuestos por lo tanto no es inscribible y si puede denegarlo el registrador por tal motivo.