DECLARACION JURADA POR MENOR

31 May 2013 01:00 #1 por Irmita
DECLARACION JURADA POR MENOR Publicado por Irmita
Necesito ayuda, puede un menor de edad, identificarse con su carnet de minoridad, comparecer ante Notario y firmar una Declaración Jurada que esta solicitando un Juez de Familia ? o necesariamente debe hacerlo un representante en su nombre ??? muchas gracias.

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31 May 2013 01:50 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
que edad tiene el menor pata poder dereteminar si es apto o no

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31 May 2013 03:05 #3 por Irmita
Respuesta de Irmita sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
juan avelar, el menor tiene 14 años, y el Juez solicita una Declaración Jurada de Carencia de Bienes a nombre del menor.

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31 May 2013 13:16 #4 por RafaAlfaro
Respuesta de RafaAlfaro sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR

Irmita escribió: Necesito ayuda, puede un menor de edad, identificarse con su carnet de minoridad, comparecer ante Notario y firmar una Declaración Jurada que esta solicitando un Juez de Familia ? o necesariamente debe hacerlo un representante en su nombre ??? muchas gracias.


Si puede identificarse al menor con un carnet de minoridad.

Pero debe comparecer por medio de su Representante Legal, y debe anexarse la carencia de bienes del menor, que extienden en el CNR, para lo cual debe tramitarsele el NIT. :)

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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31 May 2013 16:22 #5 por mitz
Respuesta de mitz sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
mm interesante respuesta no sabia lo de la carencia de bienes, eso en base a que es rafa?

Ramirez y Asociados
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Abogado Laboralista

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31 May 2013 23:25 #6 por Irmita
Respuesta de Irmita sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
Rafa, el problema es que el menor es huerfano de ambos padres, y para tramitarle el NII debe presentarse sus padres, tutor, o curador y que demuestre la calidad con que actua, por lo no se puede tramitar el NIT, y en consecuencia tampoco la carencia de bienes. El caso que llevo es precisamente para nombrarle Tutor al menor, y el Juez solicita la Declaración Jurada porque el menor carece de NIT. De ahi la duda si era posible que solo el menor comparezca identificandose con el carnet de minoridad.

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01 Jun 2013 03:07 - 01 Jun 2013 03:11 #7 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
Aca estamos ante una clara violación del art 8 Cn, pues como puede solicitarte el resolutor que le lleves algo que por ley no te obliga a poseerlo por ser tu interesado es menor de edad y no estando obligado a presentarlo por que por ley no puede obtenerlo.
La Declaracion de bienes, no se da por declaración jurada la da el CNR. De esa manera como podrán exigirte algo que por ley no podes susbsanarlo.
Pues es un documento que comprueba que determinada persona, no tiene inmuebles inscritos a su favor en el Registro y es expedida por el Registrador; y para extenderla es necesario aportar datos como DUI y NIT, que son incorporados al texto de la constancia para mayor seguridad.

Y teniendo como presupuestos para constutucion de tutor los articulos siguientes donde no exige lo que te solicitan seria imposible satisfacer los requisitos.Veamos lo que te pide la ley

Dice el Art. 273.Cf- Están obligados a desempeñar la tutela del menor o incapaz los parientes que sean plenamente capaces.
A falta de parientes del menor o incapaz, podrá ejercer el cargo cualquier persona que cumplierelos requisitos legales y consienta en ello.
Art. 280.- Los menores que ya hubieren cumplido doce años de edad serán oídos previamente al nombramiento de tutor legítimo o dativo, o al discernimiento del cargo con respecto al tutor testamentario.
Si el menor manifestare que la persona que ha de ejercer la tutela no es idónea conforme se dispone en el artículo 277, el juez hará las investigaciones que estime oportunas y, si lo considera conveniente, oirá al Procurador General de la República, luego de lo cual hará o no el nombramiento, o discernirá el cargo, o dejará sin efecto el nombramiento del tutor testamentario, todo si el beneficio del menor así lo exigiere.
Es que vemos que son los únicos requisitos que pide la ley pues, sino seria un un caso de una condición Sine qua non , imposible de cumplir.Pues si no tiene tutor no obtiene nit y si no tiene nit no puede obtener la delaracion y a su vez tutor.Seria insalvalble hasta obtener los 18 años.Caso que no es elcompetente,Interponga un escrito en el que evacua las prevenciones alegando esa condición insalvable,Seria muy provisorio y prudente escuchar la opinión de oros colegas.

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01 Jun 2013 04:00 #8 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
Lo que se te esta requiriendo esta fuera de contexto y de todo razonamiento juridico, para que diablos quieren el nit? todavia que te pidieran el del tutor talvez tuviera alguna lógica aunque tampoco lo veo necesario, pero bien puedes contestar la prevencion sobre la base de que tal exigencia es imposible de cumplir, dado que requerir tal cosa es absolutamente innecesario y sobre todo es violatorio a los derechos de la niñez y adolescencia, busca un par de sentencias de camara de familia, y anexa los fragmentos y cita las resoluciones de la cámara, y si en dado caso te la declaran inadmisible por semejante cosa, apela ante la camara, seguramente la camara te dara la razon.

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01 Jun 2013 04:48 #9 por Irmita
Respuesta de Irmita sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
lost canvas, te cuento que la presentación de la carencia de bienes fue la prevención que me hicieron previo a la admisión de la diligencia, ante lo cual conteste que era imposible cumplir por dicha exigencia por carecer el menor de NIT, incluso presente las hojas de requisitos tanto del CNR (NIT para obtener la carencia) y del Ministerio de Hacienda (para obtener el NIT), me resolvieron por evacuada la prevención, admitieron la solicitud y me señalaron Audiencia pero ...... me requieren que el dia de la audiencia presente la Declaración Jurada de carencia de bienes a nombre del menor, ahora bien, se me ocurre que aunque la abuela no es legalmente su tutora sea ella la que represente al menor en la Declaración Jurada, aunque la misma abuela es la que esta solicitando el nombramiento de tutor. El problema es que tengo la audiencia ya cerca.

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01 Jun 2013 05:32 #10 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
Es que la abuela no ejerce la representacion legal, solo los padres o el procurador general de la republica, la logica seria que el procurador adjunto del juzgado de familia firmase esa declaracion jurada de carencia de bienes, aunque tampoco es lógico pues como te dijo un colega, las carencias de bienes no se presentan por declaracion jurada, esas las extiende el registro. La solución acá sería que el Juzgado de Familia solicite dicha carencia al CNR, aún sin el nit del menor, tendrían que extendersela, o que le solicite al procurador adjunto del juzgado de familia para que asuma momentaneamente la representacion legal y diligencie la obtencion de la documentación requerida porque aca en esta pagina web esta claro que la abuela no podria solicitar el nit del menor, lo otro que queda es que preguntes al ministerio de hacienda si sobre la base de la lepina la abuela (responsable puede solicitarlo) www.mh.gob.sv/portal/page/portal/PMH/Ser...2084258.servicio=321

Mi recomendación es que les hagas ver lo que ya el c. fam expresa al respecto, y asi mismo prevee la lepina en los articulos 13 y 50, pues debe prevalecer el interes superior al menor y sobre todo el Estado debe garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

REPRESENTACION LEGAL DEL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA

Art. 224.- El Procurador General de la República tendrá la representación legal de los menores huérfanos de padre y madre o de filiación desconocida, o abandonados, de los mayores incapaces, de los hijos que por causas legales hubieren salido de la autoridad parental y de los que por cualquier motivo carecieren de representante legal, mientras no se les provea de tutor. También la tendrá en el caso del ordinal 3º del artículo anterior.

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01 Jun 2013 06:00 #11 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
Creo que aca solo hay que alegar los siguientes articulos, para obtener el nit y luego la carencia de bienes, la verdad resulta interesante como funciona eso de las tutelas, pues se entiende que la abuela ejerce una tutoria legitima, y esta es por ministerio de Ley, sólo deberias de presentar las partidas de nacimiento que acredite el vinculo de parentesco. Al tenor de la lectura de esos articulos pareciera que ni siquiera debe ser declarada judicialmente, a lo sumo sólo esta sujeta de control judicial en caso que se denuncie al tutor legitimo, pero talvez otro colega tenga otra opinion, pues si el juez nombra una persona diferente de las llamadas a ejercer la tutela legitima, se trataría de una tutela dativa.

CLASES

Art. 274.- La tutela puede ser testamentaria, legítima o dativa.

Es testamentaria la que se constituye por testamento; legítima, la que se confiere por la ley; y dativa, la que confiere el juez.

PERSONAS LLAMADAS

Art. 287.- A falta de tutela testamentaria tiene lugar la legítima.

Son llamados a la tutela legítima de los menores de edad, en el orden en que se enuncian:

1º) Los abuelos;

2º) Los hermanos;

3º) Los tíos; y,

4º) Los primos hermanos.

El juez podrá variar el orden anterior, o prescindir de él, cuando existan motivos justificados.

NOMBRAMIENTO DE TUTOR

Art. 299.- A falta de tutela legítima tiene lugar la dativa. El juez nombrará tutor a la persona que reúna las condiciones señaladas en el artículo 277 de este Código.

Quien hubiere acogido un niño expósito o abandonado, será preferido en el nombramiento de tutor, siempre que reúna las condiciones legales.

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01 Jun 2013 06:24 #12 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: DECLARACION JURADA POR MENOR
Deseo reivindicarme, si debe ser declarada, te dejo un link de sentencia de camara de familia, de un caso igual al tuyo, lee la pagina siete www.jurisprudencia.gob.sv/DocumentosBove...19/2011/06/916C8.PDF

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El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez

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