Solo para ampliarte un poco los comentarios....entiendo que con la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil NO PUEDEN EMBARGARSE LOS BIENES MUEBLES DEL HOGAR. Eso impide que cualquier pseudoejecutor quiera amedrentar a su vecina colega. Pero ellos deben estar bien informados y no temerle a estos prepotentes que como dice el compañero Herson, algunos se creen la ultima coca cola en el desierto.
de verdad que es indignante y hay que actuar para poder hacer valer nuestros derechos que el Estado port medio de sus Instituciones Competentes puedan Tutelar nuestros derechos y Cumplir tal cual lo manda la CONTITUCIÓN DE LA REPUBLICA Y LA LEYES AFINES. PERO ACTUA YA.
No creo que haya que elevar ese caso a la Constitucional. Vea, cobrar las deudas es una actividad lícita, pero, ejercer este derecho atropellando otro bienes jurídicos, es la conducta regula en el tipo de Ejercicio Violento de un derecho, art. 319 CP, basta la denuncia para proceder.
Concuerdo con que puede denunciarse a la Super del sistema financiero, conociendo un poquito como trabajan los bancos, a eso si les tienen miedo a la Super y en algunos casos por realizar estos actos se de casas de cobros y empleados de bancos despedidos una vez informados del expediente abierto en la Superintendencia.
Puede ir al Banco a denunciar la forma de cobro pero lo unico que haran es tomarle el dato y pedir disculpas pero igual PAGUE.