Podría decirme alguien cual es el fundamento de los delitos de primera mano y que calidad de participación obtienen los que participan, en el caso que el sujeto activo haya tenido ayuda necesaria de otros sujetos la cual es su función y que sin dicha ayuda no hubiera podido obtener el resultado.
bueno, creo q los delitos de propia mano son los que solo puede cometer el autor realizando personalmente la conducta típica, o sea el que tiene los caracteres que están exigidos al autor en el tipo objetivo. y admiten toda clase de participación (complice, coautor, instigador), y tambiem admiten tentativa.
alguien me puede decir si estoy equivocada con eso?
Vea los delitos de propia mano, es la forma en como en el derecho penal clásico, se denominada a aquellos hechos punibles, que demanda que la realizanción del tipo fuera ejecutada por una persona natural, que actuaba por si misma, expresnado todos los elementos del tipo por ende, se excluían las formas de particpación, para el caso, la violación sería un delito de propia mano, pues solo es posible imputar la acción típica al sujeto que realiza la penatración. En esas circunstancias, los que no lograban la "inmisio pennis", no eran responsables de tal hecho. No obstante, hoy día por la teoría del dominio del hecho, es posible incluir como autor directo en estos delitos, a otras personas que si bien, no relizan la conducta típica (penetración), tiene el dominio del hecho, bajo tales supuestos.
EStos terminos ya los he oido, pero la verdad, creo que es bulgo de algunos dicen que abogados, no se su origen la verdad, lo que si estoy seguro ty en eso me baso yo es lo que reconce nuctra legsilacion, as{i Nuesto Codigo Penal Reconce "AUTORES, COAUTORES, AUTORES MEDIATOS E INSTIGADORES, y COMPLICES, lo demas ya es invento
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.