Estimados Colegas, quisiera preguntarles si a alguno de ustedes en su práctica forense ya han demandado con un pagaré que fue impreso con fecha de suscripción 2010, pero al ser errónea la borraron con liquid paper, le pusieron guiones y arriba con bolígrafo le colocaron 2011; cabe destacar que la fecha de vencimiento como la cantidad y el interés al cual se pacto dicho Pagaré. Espero me puedan ayudar con esto.
bueno debes de plantaerlo en todo caso quien debe alegar una excepcion de alteracion segun el 639 del Codigo de comercio deberia ser la parte demandada, tu alega la demanda sera la contaparte quien debe resaltar eso no tu, pues dependera de la experiencia del abogado de la contraparte