buenas tardes colegas alguien ha realizado diligencias de curador ad litem para un caso en que se nombre para otorgamiento de identidad postuma porfavor que me puedan ayudar gracias
para otorgar identidad póstuma lo puede hacer los padres, los hijos, sobrinos, tíos, hermanos y por últimos primos todos deben de ser parientes del causante y debe de relacionar las partidas de nacimiento donde comprueba el parentesco
para mi el curador no puede hacerlo, pero en el articulo 32 de ley del Ejercicio Notarial ......puede hacerlo "el INTERESADO" comprobando con la escritura de cesión que tiene interés pero antes vaya a consultar a la sección del notariado y el jefe del registro del estado familiar
buenas tardes ya fui a seccion del notariado y me recomendaron hacerlo asi porque la dacion de cesion de derecho hereditario lo dio a una sociedad cooperativa