Buenas noches, necesito me ayuden en lo siguiente.
Una persona (Empleado Publico) presento su renuncia el 1 de diciembre de 2021, en documento simple en el cual pidio que se acogeria a la Ley de Renuncia Voluntaria y luego en fecha 2 de febrero de 2022 presento el formulario propocionado por el Ministerio de Trabajo, que fue fechado con 26 de enero de 2022.
La pregunta es:
¿Tiene derecho a la indemnización, ya que presento el documento requerido en el artículo 30-A de la Ley del Servicio Civil (62 dias después de haber presentado la renuncia irrevocable en documento simple) la cual fue recibida por recursos humanos? . Tomando en cuenta que en el artículo
30-A no establece un plazo de presentacion a excepción del 31 de agosto del año en curso, par que esta se pagada el siguiente ejercicio fiscal.
Al haberse recibido y no dar respuesta cae en el silencia administrativo.