NÚMERO CIENTO NOVENTA Y OCHO.- LIBRO SETENTA Y CINCO.- MUTUO PRENDARIO SIN DESPLAZAMIENTO.- En la ciudad de ………………….. a las diez horas veinticinco minutos del día ocho de marzo del año dos mil diecinueve.- Ante mí, ……………………, Nota¬rio, de este do¬mi¬ci¬lio, comparece el señor …………………………, de cincuenta y un años de edad, Empleado, del domici¬lio de Mejicanos, departamento de San Salvador y del domicilio de esta ciudad, persona a quien conozco é identifico por medio de su Documen¬to Único de Identi¬dad núme¬ro ……………………, con Número de Identificación Tributaria Cero trescientos dos- cien mil seiscientos sesenta y siete- ciento dos- nueve; quien en este instrumento se llamará "EL DEUDOR".- Y ME DICE: I) MONTO: Que el deudor recibe del señor ……………….., de cuarenta años de edad, Comerciante, del domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad número …………………………..o, y con Número de Identificación Tributaria Cero doscientos diez- doscientos diez mil trescientos setenta y ocho- ciento tres- cero, en adelante denominado "EL ACREEDOR", a título de mutuo, la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cantidad que el deudor recibe en su totalidad y a su entera satisfacción.- II) INTERESES: La suma mutuada en uso del presente crédito devengará la tasa nominal de interés del veinticuatro por ciento anual sobre saldos.- Se hace constar que los intereses a que se refiere esta cláusula están calculados en base al año calendario.- III) PLAZO Y FORMA DE PAGO: El deudor se obliga a pagar al Acreedor el dinero recibido en esta fecha, dentro del plazo de CUATRO AÑOS, contados a partir de esta fecha, que vence el día ocho de marzo del año dos mil veintitrés, en la forma siguiente: Por medio de cuarenta y ocho cuotas mensuales, venci¬das, fijas y suce¬sivas de CIENTO SESENTA Y TRES DÓLARES CON UN CENTAVO DE DÓLAR de los Esta¬dos Unidos de América, cada una, que incluyen capi¬tal e intere¬ses; comen¬zando a pagar la primera cuota el día ocho de abril del año dos mil diecinueve, y así suce¬si¬vamente los días ocho de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo hasta su venci¬miento.- IV) LUGAR E IMPUTACIÓN DE PAGOS: Todo pago se hará en casa del domi¬ci¬lio del Acreedor que se encuen¬tra ubica¬da en la ciudad de Santa Ana, en la misma clase de moneda reci¬bi¬da con exclusión de otra forma de pago.- V) DESTINO: Queda expresamente convenido que el deudor destinará el dinero procedente de este crédito en gastos personales.- VI) GARANTÍA: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, el deudor constituye a favor de su Acreedor PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO sobre un vehículo automotor de su propiedad de las siguientes características: PLACAS: …………………………….- Dos mil once; MARCA: …………….; MODELO: R A V cuatro; COLOR: …………………….; A¬ÑO: Dos mil once; CAPACIDAD: Cinco punto cero cero Asientos; CLA¬SE: Automóvil; TIPO: Rústico; DOMINIO: Propiedad; NÚMERO DE MOTOR: Dos A R E dos uno cuatro cinco dos siete; NÚME¬RO CHA¬SIS: N/T de Fabrica; NÚME¬RO VIN: Dos T tres Z F cuatro D V tres B W cero cinco seis siete siete cuatro; EN CALIDAD: Propiedad; el deudor lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- LOCALIZACIÓN: La garantía descrita radicará en un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio ………………………., de esta ciudad, sin derecho inscrito a favor del deudor.- VII) CADUCIDAD DEL PLAZO: El plazo concedido en este instrumento caducará y la deuda se hará exigible en su totalidad, inmediatamente como si se tratase de una obligación de plazo vencido, en cualquiera de los siguientes casos: A) Si el deudor faltare al pago de una de las cuotas dichas de este crédito;
Si el deudor incumpliere cualquiera de las obligaciones contraídas mediante este instrumento o incurra en causal de caducidad de plazo de cualquiera de las obligaciones garantizadas; C) Por acción promovida contra el deudor iniciada por terceros, ¬por causa dis¬tinta de la presen¬te; D) Cuando el bien mueble dado en garantía fuere embargado por terceros; E) Cuando el deudor enajenare todo o parte del bien mueble dado en garantía, constituyere sobre ello cualquier derecho real o personal, sin consentimiento previo del Acreedor; y F) Cuando por cualquier motivo no se pudiere inscribir esta escritura en el Registro Público de Vehículos Automotores de la Dirección General de Tránsito del Vice-Ministerio de Transporte.- VIII) HONORARIOS Y GASTOS: Será por cuenta del deudor los honorarios y gastos de este instrumento, los de su inscripción y cancelación en el Registro mencionado, así como también los gastos de cualquier documento que deba otorgarse como consecuencia de este crédito y cuantos otros hiciere el Acreedor en el cobro o con motivo de esta deuda, siempre que sean debidos por causas imputables al deudor, así como todos los gastos en que el Acreedor tenga que incurrir para efectos de inscripción y/o cancelación del presente crédito, en el Registro antes expresado.- IX) DOMICILIO ESPECIAL Y COSTAS: En caso de acción judicial el deudor señala como domicilio especial el de esta ciudad, a la competencia de cuyos Tribunales se somete expresamente.- Será depositario judicial de los bienes que se le embarguen el mismo Acreedor a quien el deudor releva de la obligación de rendir fianza, pero responderá por los deterioros que éstos sufran; siendo a cargo del deudor el pago de las costas procesales, si fuere obligado a ello por condena judicial, y los gastos administrativos en que incurra el Acreedor en la recuperación extrajudicial, debidamente documentados.- X) ACCIÓN PENAL: Es del conocimiento del deudor que en caso de venta, enajenación o gravamen del bien dado en garantía prendaría a favor del Acreedor o cualquier otra acción que perjudique los intereses del mismo, el Acreedor ejercerá las acciones penales correspondientes.- XI) ACEPTACIÓN DE DERECHOS: Por otra parte, comparece el señor …………………, persona a quien conozco, de generales antes expresadas, y ME DICE: Que está enterado y de acuerdo con los términos del presente instrumento y acepta la garantía prendaria que se constituye en todas sus partes, dándose por recibido de los derechos conferidos por el deudor a su favor, así como el señalamiento de domicilio especial para en caso de acción judicial, que de la ciudad de Ahuachapán se hace.- Advertí a los comparecientes la obligación que tienen de darle cumplimiento a los Artículos Treinta y nueve de la Ley de Notariado y Doscientos veinte del Código Tributario.- Así se expre¬saron los otorgantes, a quie¬nes expli¬que los efectos lega¬les de este instru¬men¬to en espe-cial lo rela¬tivo al registro y leído que les fue por mí el mismo,¬ ínte¬gra¬mente¬ en un solo acto sin interrupción, en¬contrándolo escri¬to y redac¬tado a sus volun¬tades, ra¬ti¬fi¬can su conte¬nido y firmamos.-DOY FE.-