Buenas tardes colegas, tengo una duda, y es que necesito iniciar un proceso ejecutivo y el titulo ejecutivo es un pagare sin protesto, pero me surge la duda en el sentido que puedo llevar el proceso a titulo personal siendo abogado, o por el 67 de CPCM meramente tengo que contratar a otro colega, si puedo representarme personalmente cual es la jurisprudencia, doctrina o criterio porque yo no le he encontrado nada al respecto.