buen día colegas.
consulto: en cuanto tiempo vencen las partidas ya sea de nacimiento o defunción?
cual es el criterio para presentarlas en aceptacion de herencia judicial?
gracias por sus aportes.
Dependiendo el caso que se trate ya que para migración y extranjería permiten que las partidas tengan una vigencia de 1 año, creo que esté criterio es más aplicable para la administración, si se trata de un caso judicial sería no mayor a 3 meses. Saludos.