NÚMERO OCHENTA Y CUATRO.- LIBRO OCHO.- MUTUO HIPOTECARIO.- En la ciudad de Ahuachapán a las doce horas del día veintitrés de septiembre del año dos mil diecinueve.- Ante mí,....................., Notario, de este domicilio, comparece el señor ................................cincuenta y tres años de edad, Agricultor, -del domi-ci-lio del Cantón El Jobo, jurisdicción de Turín, departamento de Ahuachapán, persona a quien no conoz-co pero lo iden-ti-fico por medio de su Documento Único de Iden-tidad número Cero un millón trescientos trece mil novecientos cincuenta y ocho- tres, con Número de Identi-fica-ción Tribu-ta-ria Cero ciento uno- cero treinta mil seiscientos sesenta y seis- ciento dos- seis; quien en adelante se llamará "EL DEUDOR".- Y ME DICE: I) MONTO: Que recibe hoy en calidad de mutuo de parte del señor ¡........................, de setenta y nueve años de edad-, Agricultor, del domici-lio de Turín, departamento de Ahuachapán, con Docu-mento Único de Iden-tidad núme-ro Cero un millón novecientos sesenta y cinco mil setenta y seis- cinco, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento doce- ciento cincuenta mil novecientos cuarenta- cero cero uno- cuatro; que en este ins-trumento se llama-rá "EL ACREEDOR", la suma de UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cantidad que en este acto "EL DEUDOR" recibe en su totalidad y a su entera satisfacción.- II) INTERESES: La suma mutuada devengará el interés del tres por ciento mensual.- III) PLAZO: El deudor se obliga a cancelar la cantidad adeudada en el plazo de SEIS MESES, -el cual se comien-za a contar a partir de la presen-te fecha y que vence el día veintitrés de marzo del año dos mil veinte.- IV) ORIGEN DE LOS FONDOS: El presente crédito se otorga con fondos propios del acreedor.- V) DESTINO: El deudor invertirá la suma mutuada en gastos personales.- VI) FORMA DE PAGO: El deudor cancelará la suma mutuada de la siguiente manera: Los intereses mensualmente, comenzando a pagar la primera cuota de intereses el día veintitrés de octubre del presente año, y así sucesivamente los días veintitrés de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo, y el capital al final del plazo por medio de una sola cuota fija y vencida de UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, pagadera dicha cuota de capital el día veintitrés de marzo del año dos mil veinte.- VII) LUGAR DE IMPUTACIÓN DE PAGOS: Todo pago se hará en casa del domi-ci-lio del Acreedor que se encuen-tra ubica-da en Turín, departamento de Ahuachapán, en la misma clase de moneda reci-bi-da con exclusión de otra forma de pago.- VIII) CADUCIDAD DEL PLAZO: El plazo concedido en este instrumento caducará y la deuda se hará exigible en su totalidad, inmediatamente como si se tratase de una obligación de plazo vencido, en cualquiera de los siguientes casos: A) Si el deudor faltare al pago de una de las cuotas de intereses o de la cuota de capital de este crédito;
Si el deudor incumpliere cualquiera de las obligaciones contraídas mediante este instrumento o incurra en causal de caducidad de plazo de cualquiera de las obligaciones garantizadas; C) Por acción promovida contra el deudor iniciada por terceros, por causa dis-tinta de la presen-te; D) Cuando el bien inmueble dado en garantía fuere embargado por terceros; E) Cuando el deudor enajenare todo o parte del bien inmueble dado en garantía, constituyere sobre ello cualquier derecho real o personal, sin consentimiento previo del Acreedor; F) Cuando el deudor dejare transcurrir un mes sin dar aviso al Acreedor de los deterioros sufridos del bien inmueble dado en garantía o de cualquier hecho susceptible de disminuir su valor, perturbar su posesión o comprometer su dominio; y G) Cuando por cualquier motivo no se pudiere inscribir esta escritura en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas correspondiente, en la forma que se ha otorgado.- IX) GARANTÍA HIPOTECARIA: En garantía de las obligaciones contraídas por medio de este instrumento el deudor cons-titu-ye a favor de su Acreedor PRIMERA HIPOTECA sobre un inmueble de su propiedad que se describe a continuación: Un inmueble de naturaleza rural, ....................- De un área de DOSCIENTOS UNO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS OCHENTA Y OCHO PUNTO VEINTICINCO VARAS CUADRADAS.- Inscrito a favor del deudor bajo la Matrí-cula número ..................- CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO CUATRO, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE OCCIDENTE DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.- Y lo hipoteca el deudor con todos los accesorios presentes y futuros.- Bajo juramento el deudor declara que el inmueble hipotecado no está comprendido dentro de lo que establece el Artículo Cuarenta y seis del Código de Familia.- X) VALÚO: El deudor en caso de acción judicial, valúa el inmueble antes descrito en la suma mutuada, valuó cuyos dos terceras partes servirán de base para la subasta, en caso de remate.- La Suscrita Notario hace constar que explicó al deudor los efectos legales del valúo cerciorándose que los comprende.- .- XI) DOMICILIO Y GASTOS: El deudor para todos los efectos de la obligación que por este instrumento contrae, se somete a la competencia de los Tribunales Judiciales de la ciudad de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán, y acepta que será depositario de los bienes que le embarguen el acreedor la persona que éste indique, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir fianza y cuentas, siendo a cargo del deudor las costas procesales, aunque conforme a las reglas generales no fuere condenado a ellas, así como los gastos de esta escritura, y cualquier otro en que el acreedor incurriere en el cobro del préstamo concedido, inclusive los gastos personales.- XII) ACEPTACIÓN DE DERECHOS: En este estado comparece el señor ................, persona a quien no conozco, de las generales antes expresadas, y ME DICE: Que está enterado y de acuerdo con los términos del presente instrumento y acepta la garantía hipotecaria que se constituye en todas sus partes, dándose por recibido de los derechos conferidos por el deudor a su favor, así como el señalamiento del domicilio especial en caso de acción judicial, que de la ciudad de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán se hace.- Advertí al deudor y al acreedor la obligación que tienen de darle cumplimiento a los Artículos Treinta y nueve de la Ley de Notariado y Doscientos veinte del Código Tributario.- Así se expresaron los comparecientes, a quie-nes expli-que los efectos lega-les de este instru-men-to en espe-cial lo rela-tivo al registro, y leído que les fue por mí el mismo,- ínte-gra-mente- en un solo acto sin interrupción, en-contrándolo escri-to y redac-tado a sus volun-tades, ra-ti-fi-can su conte-nido y firmamos, y los comparecientes además de sus firmas dejan cada uno la impresión digital del pulgar de la mano derecha para constancia.-DOY FE.-