buenas tardes, necesito de su colaboración, tengo un cliente que le llego un aviso de un gestor de cobros, resulta que el señor en el 2004 se quedo sin trabajo y dejo de pagar dos tarjetas, jamás le habían cobrado hasta el días de ayer que le dejaron una nota, amenazando como siempre que le dan 48 horas para pagar, yo según e leído la ley de tarjetas esa deuda prescribe en 5 años, al señor le quieren cobrar 22000 dolares, el esta señor y es jubilado, agradecería me puedan orientar como hacer en este caso, el señor solo tiene un carro a nombre de el y los muebles de la casa, el dice que vera como paga, pero habrà alguna manera de no pagar esa cantidad, agradezco sus comentarios, en con el CITI,
Lo de la "prescripción" es practicamente inoperable....pero yo aconsejaria traspasar el carro para que no se lo embarguen...y en cuanto a la pension...no creo que su monto sea susceptible de ser embargada...hecho esto nada que temer...
Pienso que, tu cliente tiene dos salidas legales:
1. Alegar la excepción de prescripción Extintiva de la obligación cuando sea demandado; ello implica esperar a que eso suceda; y 2. Iniciar diligencias preliminares de Jactancia a efecto de que un juez obligue al acreedor a demandarlo en un plazo determinado, de tal manera que, si el acreedor no demanda el juez le impondrá perpetuo silencio, es decir no podrá volver a demandar. Si demanda ejecutivamente ahí alegar la prescripción.