aqui te anexo un contrato de resciliacion de una compraventa. en mi opinión personal creo que no es necesario resciliar esta compraventa porque la finalidad de este instrumento es dejar sin efecto esta venta y lo que tu quieres es cambiar de titular es decir que el inmueble no se inscriba a favor del comprador sino a favor de la esposa. lo que puedes hacer es inscribirlo a favor del comprador y luego realizas una donación a favor de la esposa.
NUMERO: ____________________: LIBRO DECIMO OCTAVO: RESCILIACION DE ESCRITURA: En la ciudad de Sonsonate, a las ________ horas del día _________ de _________ del año dos mil siete.- Ante mí, JOSE SALVADOR CAZUN, Notario, del domicilio de Santa Ana y de esta ciudad, comparecen los señores FRANSCISCO VILLANUEVA MURILLO o FRANSICO VILLANUEVA, de cuarenta y tres años de edad, Albañil, del domicilio de Santa Isabel Ishuatán, de este departamento, a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero uno seis uno siete cuatro uno nueve guión dos; con Número de Identificación Tributaria cero novecientos cuatro guión ciento treinta mil ochocientos sesenta y cuatro guión ciento uno guión seis; y ROSA HERMINIA CONTRERAS MEJIA, de treinta años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Acajutla, de este departamento, a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero tres tres cero ocho cinco siete dos guión cero, con Número de Identificación Tributaria cero trescientos uno guión doscientos sesenta mil ciento setenta y siete guión ciento dos guión cero; y ME DICEN: El primero que según consta en el Testimonio de Escritura Pública de Compraventa con Pacto de Retroventa, otorgada en esta ciudad, a las ocho horas del día veinte de agosto del año dos mil cinco, ante mis oficios notariales, vendió al segundo, un inmueble de Naturaleza rústica, situado en Cantón Salinas de Ayacachapa, jurisdicción de Ishuatán, de este departamento, Identificado en su antecedente como Lote Número VEINTE, del polígono “B”, de la Lotificación “SAN JULIAN II” , de una extensión superficial de TRESCIENTOS CATORCE PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, que especialmente mide y linda: AL NORTE: catorce metros, linda con lote numero diecinueve del mismo polígono “B”; AL SUR: catorce metros, linda con terreno del señor Luis Alonso Herrera Cea, carretera a Santa Isabel ishuatán, de doce metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: veintidós punto cuarenta y cinco metros, linda con lotes números veintitrés y veinticuatro del mismo polígono “B”; y AL PONIENTE: veintidós punto cuarenta y siete metros linda con lote número dieciocho; por el precio de SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-Que es voluntad de ambos comparecientes el desligarse de las obligaciones contraídas en la escritura de Compraventa con pacto de Retroventa, anteriormente relacionada; por lo que ACUERDAN: a) Resciliar en todas y cada una de sus partes el contrato de compraventa con Pacto de Retroventa anteriormente relacionada, dejando en consecuencia dicha escritura, sin ningún efecto; b) Devolver por parte del segundo, el inmueble objeto del referido contrato de compraventa con Pacto de Retroventa; y c) Otorgarse mutuamente finiquito, y renuncian a iniciar cualquier acción judicial futura con base a la escritura que se rescilia.- Haciendole en este mismo acto el segundo al primero, la entrega material del inmueble objeto de la compraventa con Pacto de Retroventa junto con su respectiva documentación, dándose por recibido el primero de dicho inmueble en este momento, así como de respectiva documentación.- Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de esta escritura y leído que les hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto, ininterrumpido, ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.-