Necesito Asesoría

07 May 2022 01:21 #1 por Siria
Necesito Asesoría Publicado por Siria
Buenos días comunidad jurista, necesito asesoría, con un caso:

La situación es con Ministerio de Vivienda, y es que se está llevando una legalización de una lotificacion, pero resulta ser que en una de las prevenciones que hizo MV dio 2 meses para subsanar dicha prevención, siendo en dichas fechas festivas, el problema radica en que el ingeniero a cargo contó días hábiles para subsanar y cuando se quizo entregar dicha prevención MV lo rechazo por manifestar estar en tiempo extemporáneo, manifestado abandono del proceso.

II) Se agotó la vía administrativa, manifestando que por error involuntario se presentó en fecha extemporánea dicha prevención, sin embargo y MV aún ratifica su decisión.

III) necesito ayuda que puedo hacer en ese caso, y que tipo de proceso debo seguir, y de ser posible si me pueden dar algún modelo a seguir.
Agradezco su ayuda de ante mano muchas bendiciones para todos.

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07 May 2022 14:45 #2 por Jaime94
Respuesta de Jaime94 sobre el tema Necesito Asesoría
Muy Buenas Tardes Jesús Alberto le saluda.

Respecto a su caso ya que nos menciona que ya agotó la respectiva "vía admnistrativa", lo que sigue es iniciar un PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO controvirtiendo la decisión que mantiene El Ministerio de La Vivienda ante el juzgado de lo contencioso administrativo; La sede que está en el departamento de La Libertad es competente para conocer de los departamentos: San Salvador, La Libertad, San Vicente, Cabañas, Cuscatlan, La Paz y Chalatenango; En la sede de Santa Ana conoce de los departamentos: Santa Ana, Ahuachapán y Sonsonate; En sede del Departamento de San Miguel conocen de los Departamentos: San Miguel, Morazán y La Unión, ahí dependerá de la competencia por razón de territorio en donde se suscitó dicha actuación de ese acto administrativo.

Es de mencionar lo que ya nos establece el artículo 25 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo que indica que ya habría que haber agotado la vía administrativa, si es el caso ya que usted así lo manifiesta.

Posteriormente usted deberá de presentar un AVISO DE DEMANDA el cual se encuentra regulado junto con sus requisitos en el artículo 26 de la misma LJCA. Pero éste es potestativo.

como siguiente deberá presentar su respectiva demanda, la cual el plazo se lo regula el artículo 25 de la LJCA y los requisitos están en el artículo 34 del mismo cuerpo normativo.

Cabe mencionar también que en vía administrativa también es potestativa la procuración, no sé si hizo uso de ella; Pero en vía contenciosa administrativa si es necesaria la procuración.

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07 May 2022 19:31 #3 por Siria
Respuesta de Siria sobre el tema Necesito Asesoría
No, aun no se ha hecho uso de la procuracion.
Cabe la duda estimado sobre que tipo de proceso se iniciaria en lo contencioso administrativo, en virtud que según el cuerpo normativo manifiesta sobre los plazos y entre ellos establece que si se establece en meses el plazo se cuenta de fecha a fecha y según MV estaría dentro de esos plazos, lo interesante es como controvertir eso.

De ante mano muchas gracias por su orientación, bendiciones

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