Buenos tarde, necesito de su ayuda y experiencia. tengo un caso de aceptación de herencia intestada la causante
no estaba casada no tuvo hijos y los padres ya fallecieron y no se sabe nada de los hermanos de la causante, la persona que quiere aceptar la herencia es una muchacha que la causante la crio pero no tiene ningún parentesco puede ella aceptar la herencia.
ella no esta llamada a la sucesión. Deberá primero, si no estoy equivocada, realizar las diligencias de declaratoria de POSESION DE ESTADO DE HIJA. Art. 198 del codigo de familia.......Posteriormente, con la certificación de esa Resolucion Judicial inicar el tramite de aceptación de herencia en su calidad de hija.
en mi opinión la muchacha no esta dentro de los llamados a suceder según lo regula el art. 988 del código civil , yo pienso que en este caso seria mas factible la declaratoria de la herencia yacente, nombrando como curadora a dicha muchacha, en virtud de no aparecer herederos y mientras esto no suceda ella podrá disfrutar de dichos bienes en su calidad de curadora.
no se puede aceptar la herencia de esa forma ya que la cuasante no es la madre de la heredera
nombre un curador de la herencia yacente
al tener el curador haga por prescripcion extraordinaria de dominio