SALUDOS Y EXITOS EN SUS LABORES EL PROBLEMA PARA LO CUAL SOLICITO SU ORIENTACION ES EL SIGUIENTE
PEDRO PROPIETARIO DE UNA CASITA DICE QUE DIO EN ARRENDAMIENTO UNA VIVIENDA A JOSE CANON $80 PERO NO REALIZO CONTRATO SOLO LO HICIERON VERBAL
PROBLEMA EL PAGO DE LOS SERVICIO AGUA LUZ SE ELEVARON MUCHO Y NO LOS PAGARON: PEDRO SE DIO CUENTA Y PIDE LOS RECIBOS GRAN PROBLEMA SERVICIOS CORREN PELIGRO DE SER SUSPENDIDOS
PASO UN AÑO Y LOS PROBLEMAS FUE LA MISMA CONSTANTE
DEJARON DE PAGAR EN JUNIO Y JULIO DICE JOSE QUE YA NO PAGA EL CANON PEDRO SOLICITA LE DESOCUPE LA VIVIIENDA
JOSE DICE QUE NO PUEDE DESOCUPARLA POR QUE TIENE QUE AGUANTARLO TRES MESES Y QUE NO LO PUEDE ECHAR EN INVIERNO.
AYUDA QUE PUEDE HACER PEDRO PARA QUE LE DESOCUPEN LA VIVIENDA.
POR FAVOR ESPERO PUEDAN ORIENTAR
GRACIAS Y BENDICIONES.-
ANDATE POR EL DELITO DE LA USURPACION, MOSTRATE PARTE QUERELLANTE, PERO TENES QUE PROBAR LA VIOLENCIA QUE HA HECHO A TU CLIENTE, COMO LAS AMENAZASY SI NO POR EL REINVIDICATORIO PORL PROCESO CIVIL MERCANTIL
No espere mas tiempo, tiene que seguir un juicio de inquilinato para la desocupación inmediata del inmueble aunque no haya contrato, se presenta la demanda se explica que se hizo un contrato verbal, tendrá que pagar una multa en la alcaldía municipal y el fondo general de la nación, después se sigue el proceso de inquilinato normal porque lo arrendo para vivienda, seria por cánones adeudados, falta de pago de agua potable y otros servicios.... si fuera el caso, pero tiene que conseguir los estados de cuenta de los servicios básicos para establecer el monto.
En el plazo de Un mes, mas o menos podría estar desalojando a ese inquilino. Le adjunto los formatos de cuando yo lo tramite en con la antigua ley del PRC, tiene que ver que le puede servir de los pocos artículos vigentes de la ley de inquilinato...los subo en la plataforma de esta pagina no me dejo adjuntarlos (Modelo de juicio inquilinato y Modelo de juicio de inquilinato antiguo)
Yo no se como hay personas que no cuidan su nombre.... ante todo hay que ser buena paga, o por lo menos abonar.... todos tenemos derecho a vivir, pero no a expensas de otro.
Saludos y estoy a sus ordenes, para las dudas que tenga.
Se me olvida según la ley de inquilinato (Art. 24 numeral 1 ) es a los 8 dias despues de la mora que procede la desocupación, no existe ley que diga lo de los 3 meses...para desalojarlos¡¡¡
Ya sabe, todos debemos ayudarnos. Subi a la plataforma los 2 formatos de la demanda de inquilinato, busque en el area de descarga, derecho civil, modelo de demanda de inquilinato nuevo y antiguo (que en realidad solo subi el nuevo formato) y en otro apartado demanda de inquilinato antiguo.