Quiero solicitar de su valiosa ayuda para que me brinden una orientación respecto de la audiencia preliminar en familia, mi duda radica en el articulo 108 de la LPRF, el cual habla sobre la fijación de los hechos y quiero estar segura si ¿en esta etapa se propone la prueba también? ya que no quiero perder la etapa procesal oportuna para hacerlo y pues sería la primera audiencia preliminar a la que asisto.
Buenas tardes.
¿Me gustaría saber que tipo de proceso esta realizando?
En todo caso no es necesario que proponga prueba en la Audiencia Preliminar.
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