BUENAS TARDES, ESTIMADOS COLEGAS, TENGO UN CASO BIEN COMPLEJO, EN CUANTO A UNA FIANZA MUNICIPAL.
ES EL CASO QUE UN TESORERO OTORGO FIANZA EN RAZON DE SU CARGO, MEDIANTE UNA HIPOTECA DEBIDAMENTE REGISTRADA Y APROBADA, PARA SU PERIODO MUNICIPAL. EL CASO ES QUE YA TIENE 4 AÑOS DE HABER RENUNCIADO DEL CARGO Y LA MUNICIPALIDAD SE NIEGA A DEVOLVER LA FIANZA, LA UNICA EXCUSA QUE PONEN ES QUE PRESENTE FINIQUITO DE CORTE DE CUENTAS, PORQUE TIENE JUICIOS PENDIENTES EN CORTE DE CUENTAS.
LA VERDAD NUNK HABIA TENIDO UN CASO ASI, YA QUE LAS FIANZAS EN RAZON DE CARGO SON DE MUNICIPALIDAD, EN SU AUTONOMIA.
Si la fianza es para garantizar un pago, creo que la municipalidad está en su derecho a no devolver la fianza, mientras existan deudas por establecer.
La litis debe estar en la Corte de Cuentas.