Buen día tengo una consulta, mi cliente es propietario de un inmueble y lo adquirió con usufructo, los usufructuarios fallecieron pero quedó su hijo habitandolo, por 6 años lo a habitado, resulta que mi cliente el mes pasado le pidió que desalojará la propiedad y después de varias discusiones desalojo pero no dejo las llaves, y aún tiene cosas en el inmueble. puede mi cliente sin tener problemas entrar en la vivienda y tomar posesión de ella???
Respuesta de Solidaridad sobre el tema Arrendamiento
buenos días, si, su cliente puede ingresar ya que es el propietario, y a lo mejor canceló el usufructo por fallecimiento del usufructuario, es decir esta libre de gravamen el inmueble.
puede denunciar penalmente a la persona que no quiere entragra las llaves por el delito de APROPIACIÓN O RETENCIÓN INDEBIDAS Art. 217.- DEL CP. El que teniendo bajo su poder o custodia una cosa mueble ajena por un título que produzca obligación de entregar o devolver la cosa o su valor, se apropiare de ella o no la entregare o restituyere a su debido tiempo en perjuicio de otro, será sancionado con prisión de dos a cuatro años.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.