NUMERO: CUARENTA LIBRO: CATORCE, En la ciudad de Usulután, a las nueve horas del día dieciséis de septiembre del año dos mil veinte.- Ante Mí, __________________________________________, Notario, de este domicilio, comparecen los señores: MANUEL DE JESUS LOPEZ MEJIA, de treinta y seis años de edad, empleado, del domicilio de Usulután, y del departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, a quien no conozco pero identifico por medio de su documento de identidad número: y ROSA MARGARITA MEJIA, treinta y cuatro años de edad, empleada, del domicilio de Usulután, y departamento de Usulután, y de nacionalidad salvadoreña, Y ME DICEN: Que han convenido en constituir, y en efecto; por medio de esta escritura, constituyen una SOCIEDAD DE HECHO O ASOCIO conforme a las leyes tributarias vigentes de esta República, que se regirá de conformidad con las cláusulas siguientes: I)-NATURALEZA.- La naturaleza del asocio es de naturaleza Unión de Personas, II)- NACIONALIDAD. La sociedad de hecho que se constituye es de nacionalidad salvadoreña; III)- DENOMINACION. El asocio girará con la denominación: UNION DE PERSONAS LOPEZ ASOCIADOS, que podrá abreviarse: “UDP” LOPEZ ASOCIADOS, IIII)- DOMICILIO. Su domicilio principal, será la ciudad de Usulután, Municipio y Departamento de Usulután. Siendo la casa matriz en colonia el naranjo primer pasaje casa número 18, y pudiendo aperturar sucursales en todo el territorio Salvadoreño- V)- FINALIDAD SOCIAL.- el asocio tendrá por finalidad: la realización de cualquier actividad mercantil, industrial o de servicio y en especial: Actividades relativas, a ELABORACIÓN Y DIGITACIÓN E IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS, CONSULTAS DE REFRENDA DE TARJETA DE CIRCULACIÓN Y LICENCIAS DE CONDUCIR, CONSULTA DE ESQUELAS, RESERVACIÓN DE CITAS PARA TRAMITAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD PERSONAL, RESERVACIONES DE CITA PARA SOLICITAR ANTECEDENTES PENALES Y POLICIALES, TRAMITE MUNICIPALES, TRAMITE ANTE EL MINISTERIO DE HACIENDA, ELABORACIÓN DE ACTAS DE CONSTITUCIÓN DE IGLESIAS CRISTIANAS, Y A LA PROVEEDURÍA DE ALIMENTOS PREPARADOS PARA EL CONSUMO HUMANO, "COFFE" Y VENTA DE GRANOS BÁSICO Y CEREALES, E INCLUSIVE DISEÑOS Y CREACIONES REPRODUCCIÓN Y ESTAMPADO EN TEXTILES, SUBLIMACIÓN EN PORCELANA, Y CONSULTAS Y ASESORÍA FINANCIERAS, CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS MERCANTILES, INCLUSIVE ALBAÑILERÍA, FONTANERÍA, INSTALACIONES ELÉCTRICAS, GESTIONES DE COBRANZAS ADMINISTRATIVO, VI)- CAPITAL DE FUNDACION. El Asocio se constituye con un capital de fundación de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el cual cada acción estará valorada en un dólar americano, VII)- Los aumentos y disminuciones del capital, los acordaran los socios en JUNTA GENERAL DE SOCIOS, en las condiciones, forma y términos que señale la ley. VIII) - SUSCRIPCION Y PAGO DE LAS ACCIONES DEL CAPITAL DE FUNDACION, o sea la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en este acto se suscribe y paga en la siguiente forma: MANUEL DE JESUS LOPEZ MEJIA, suscribe MIL ACCIONES, valoradas en la suma de un dólar de los Estados Unidos de América, cada acción y paga en este acto el cien por ciento del valor total de las mismas; ROSA MARGARITA MEJIA, MIL ACCIONES, valoradas en la suma de un dólar de los Estados Unidos de América, cada acción y paga en este acto el cien por ciento del valor total de las mismas, VIIII). TERMINO.-El asocio se constituye para un plazo de tres años, a partir de la fecha de constitución de dicha sociedad de hecho. X) - EL RESGUARDO DE DOCUMENTOS, corresponderá: ROSA MARGARITA MEJIA, lugar de resguardó de documentos, será en la casa matriz en colonia el naranjo primer pasaje casa número 18, Usulután, y el resguardo de documentos será para el plazo de tres años, XI) ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL de la ¨UDP” LOPEZ ASOCIADOS le corresponderá al señor: MANUEL DE JESUS LOPEZ MEJIA, para el periodo de tres años, a partir de la inscripción, pudiéndose así reelegir por un periodo igual, y Corresponderá al Representante Legal del asocio, representar a la sociedad, judicial y extrajudicialmente y el uso de la firma social, y podrá celebrar toda clase de contratos, obtener toda clase de créditos, con personas natural o jurídicas, y comprar acciones en cualquier caja de crédito, y en el banco de los trabajadores, apertura de cuenta bancarias, ya sea en cooperativas, ONG, fundaciones sin fines de lucros. E inclusive otorgar poderes, de cualquier figura legal, XII). DISTRIBUCION DE UTILIDADES Y PERDIDA.- Tanto las utilidades como las pérdidas se distribuirán mensualmente por partes iguales.- para los cuales cada uno de los socios será acreedores de obligaciones y de dar cumplimiento a cada una de ellas para que se cumplan en su totalidad para los bienes o patrimonio que adquiriere cada uno de sus socios responsabilizándolos solidariamente por. Deudas u obligaciones pendientes de cumplir por sus anteriores socios así como lo establece el Art.31, Art. 43 literal (i), Art. 44 literal (d), Art. 49 Literal (c) y Art. 270 (
del Código Tributario.- Así se expresaron los comparecientes a quien le explique los efectos legales del presente instrumentó y que costa de dos folio útil y leído que le hube lo escrito íntegramente en un solo acto ratifica su contenido y firmamos.- DOY FE.-//////////////////// M /////////////////// R M M //////////////////////////// VALDEZ ///////////////// RUBRICADAS //////////// PASO ANTE MI, del folio numero : cincuenta cinco frente y vuelto al mismo folio, de mi libro numero: catorce que vence el veinte de diciembre del año dos mil veinte, y para ser entregado MANUEL DE JESUS LOPEZ MEJIA, y ROSA MARGARITA MEJIA, expido firmo y sello el presente testimonio, En la ciudad de Usulután del día dieciséis de septiembre del año dos mil veinte.-