Buen día colegas, me gustaría hacerles una consulta, respecto a que, si es necesario presentar la solvencia municipal, para la inscripción de una compraventa de un inmueble rustico? gracias.
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Asi es hay que adjuntarla al Testimonio, asi sea que le cobren o no impuesto municipal sobre el inmueble en dicha solvencia va estipulado. Es un requisito del CNR para poder inscribir el inmueble.
si es necesario presentar la solvencia aunque sean rústicos pero ese articulo 100 del código Municipal es inconstitucional porque el CNR no a fiscalizar los tributos municipales les toca a cada comuna utilizar los medios jurídicos para la recuperación de la mora
Estan exigiendo solvencia municipal, no importa si el inmueble es rural o urbano.
Si se omite la presentacion de la solvencia se lo van observar para su presentacion.
Se presenta a la Alcaldía de la jurisdicción del terreno, le solicitan fotocopia de DUI y NIT del comprador, y le manifiestan que van ha realizar una inspección al lugar del terreno para determinar si va apagar o no impuesto al finalizar las diligencias le extienden la respectiva solvencia