Bue día colega: aportando a su presunta le manifiesto que, en mi caso particular cuando he elaborado declaraciones juradas, siempre he advertido la disposición del Código Penal.
Saludos cordiales,
El siguiente usuario dijo gracias: dcalisto@hotmail.com
Póngale (deje constancia en el texto) que le leyó lo relacionado alas consecuencias de emitir falso testimonio, que le leyó las disposiciones del código penal y las del código procesal civil y mercantil al respecto.
305 Penal
362 y 364 Código civil y mercantil.
CONSEJO A PARTE: Léale los artículos con una sonrisa a su cliente, no se le vaya a espantar, porque son disposiciones serias, pero vale la pena que su cliente sepa que lo que está declarando tiene un peso y valor probatorio importante, y usted como notario, es un funcionario serio que le explica los alcances y consecuencias de la declaración jurada. Además debe cubrirse las espaldas, si fuera posible ponga al menos un testigo instrumental, amen de tanto cliente pícaro que después lo anda acusando a uno en la sección de investigación profesional, y uno queriendo ser un profesional recto sin tacha.
Las almas más nobles comparten su conocimiento. Ser de luz para otros.