DUDA SOBRE PODER

21 Oct 2020 18:53 #1 por Flowers91
DUDA SOBRE PODER Publicado por Flowers91
Feliz día colegas, necesito que me orienten sobre una duda, yo recibí hace aproximadamente un año y medio un poder de un cliente de los Estados Unidos de América, para comprar un inmueble, lo hizo por medio del Consulado y fue autenticado acá en el paisa, mi duda es la siguiente:

Me comenta un colega que debo tener cuidado porque los poderes vencen cada año y deben ser renovados, aunque no diga explícitamente en el documento plazo de vencimiento del mismo.
es por esa razón que se me ha generado esa duda, espero me orienten, mil gracias!!

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26 Oct 2020 11:40 #2 por mitz
Respuesta de mitz sobre el tema DUDA SOBRE PODER
Los Poderes casi siempre se consignan con plazos indefinidos, a menos que en el texto del mismo se diga taxativamente o literalmente el plazo que tendrá para ejercer las facultades del Apoderado, como en el caso que usted plantea es un Poder con cláusula especial y no vence sino hasta agotar la facultad del Apoderado de comprar el inmueble. Los poderes no tienen vencimiento, solo aquellos poderes especiales que una vez realizado el negocio para el que fue otorgado se realize; por muerte del poderdante o por revocación del poder por parte del poderdante

Ramirez y Asociados
wsp 75944115
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Abogado Laboralista
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26 Oct 2020 12:24 - 26 Oct 2020 12:26 #3 por liorellana79
Respuesta de liorellana79 sobre el tema DUDA SOBRE PODER
Depende del caso. Si el poder fue otorgado por el Consulado Salvadoreño, ha sido otorgado conforme a leyes salvadoreñas y de conformidad a nuestra ley no tiene plazo, a menos que el texto lo indique o se cumpla o se agote la falcultad para la cual se otorgó. Los poderes conferidos de conformidad a ley extranjera puede tengan plazo, dependiendo del país y la ley bajo la cual se otorgó, quizás esa es la confusión de su colega, si piensa que dicho poder fue otorgado bajo ley extranjera. Otro caso podría ser, que quien otorgo el poder, fué como representante legal de una persona jurídica y quizás en ese caso, de conformidad a la ley extranjera, puede deba renovarse cada año, dependiendo de las leyes que rigen las personas jurídicas en Estados Unidos y las facultades para otorgar poderes de sus representantes.

El Señor es mi pastor; nada me faltará.
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09 Nov 2020 18:09 #4 por despachojuridicoad
Respuesta de despachojuridicoad sobre el tema DUDA SOBRE PODER
Los poderes que no deben utilizarse son los de las sociedades cuando hay nuevas credenciales, mientras este vigente la credencial con la que se otorgo, no hay problema, igual el caso de las instituciones tales como los bancos , una vez hay cambio de presidente ha y que cambiar los poderes que haya otorgado.
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