Solicitando de sus valiosos conocimientos en el siguiente caso:
Me consulta un cliente que su tío se fue para Estados Unidos cuando tenía 14 años, allá solicito pasaporte le dieron un provisional él es residente a la fecha y vino al país una ves, ahora que quiere renovar el pasaporte no se lo pueden renovar porque él en aquel tiempo dio como fecha de nacimiento 20 de septiembre porque su madre siempre le dijo que en esa fecha había nacido y en la partida de nacimiento dice nació a las veintiuna horas del día 20 del mes pasado, y al final de la partida dice 3 de septiembre de 1973, se entiende que nació el 20 de agosto de 1973, pero él insiste que du fecha de nacimiento exacta es 20 de septiembre, su madre ya falleció, por ella fue asentado , me surge dudas también como es que le extendieron pasaporte con fecha 20 de septiembre de 1973, si tuvo que presentar algún documento donde aparecía su fecha de nacimiento, ahora que presenta la partida de nacimiento, hasta donde tengo entendido no tiene DUI, y aparece 20 de agosto no le extienden su pasaporte, porque no coinciden la fecha que tiene el pasaporte a renovar con la partida de nacimiento.
La pregunta: Procede Rectificación de Partida de Nacimiento.
Requisitos: Él esta en Estados Unidos.
Su sobrina me consulta que se debe de hacer, se necesitarán testigos para que den fe de la fecha que él manifiesta es su fecha correcta de nacimiento, cuanto tiempo lleva ese trámite, lo puedo hacer vía notarial, cuánto se cobra por ese trámite?
La duda persiste sobre qué documentos uso la persona para obtener el pasaporte, porque si presentó algún documento falso puede que tenga problemas y creo que procedería la Rectificación de Partida de Nacimiento.
Algún documento debieron presentar para asentar la partida, donde constaba fecha y hora precisa del nacimiento, sea de hospital privado o público o parto en casa, por lo que sería averiguar si hay alguna manera de confirmar esos datos, pues no sé si procedería el uso de testigos para este caso en particular.
También, se podría solicitar a la alcaldía revisen los archivos para confirmar como está asentado en el libro original, si éste aún existe, por si hay algún error por ahí cuando se extendió la certificación y recordemos que en los libros de nacimientos que llevan las alcaldías, se asientan las partidas una tras otra, números y fechas correlativas, es decir, las partidas previas y posteriores verificarán la fecha de la partida de su cliente, pues no creo que sea el único niño que fue asentado en ese día o en ese mes.
Con que ellos verifiquen numeración de partidas y fechas, es fácil verificar si hubo error al asentar al menor, porque es un mes de diferencia y si lo asentaron el 3 de septiembre, sería imposible que naciera hasta el 20 de ese mes, a menos que la fecha de asentamiento fuera el 3 de octubre o en dado caso 23 de septiembre y se equivocó el empleado de la alcaldía (ejemplo, la partida previa tiene fecha 2 de octubre y la posterior 5 de octubre o tiene la previa 22 de septiembre y la posterios 25 de septiembre). Si las partidas asentadas previamente y posteriormente a la de su cliente tienen fecha cronológica que concuerda con la certificación (ejemplo, la partida previa tiene fecha del 2 de septiembre y la posterior 5 de septiembre) es imposible que naciera el 20 de septiembre y de seguro la mamá se equivocó o tenía razones personales para decir que nació un mes después.
Antes de iniciar nada vaya a la alcaldía y consulte si le pueden ayudar a confirmar fecha revisando los correlativos y las fechas de las partidas asentadas en el mismo libro, pida hablar con el encargado del Registro en la alcaldía y quizás le ayudan y cóbrele a su cliente por eso. Fije un monto en base a hora invertida en el caso y lo que tenga que desplazarse o las veces que deba acudir a la alcaldía para eso. Usted le cobraría al cliente por el trámite de rectificación y por obtener las pruebas con que se rectificaría la partida.
El Notario al final es quien dicta resolución dando valor a las pruebas presentadas, pero habría que ver que dice el Síndico, y aunque no conteste sería mejor llevarlo de forma judicial, porque el caso lo siento algo raro, sinceramente. Si la Alcaldía accede a ayudarle y le confirma que hubo error en los registros, sígalo notarial, pues hay documentación que lo ampara, de lo contrario le recomiendo más la vía judicial y solicite el juez que pida las pruebas a la alcaldía.
Si es Notarial, el mayor atraso proviene de la respuesta del Síndico, si es judicial, a eso hay que sumar los atrasos típicos de los Juzgados.
Si la verdad que lo mejor es ir a la Alcaldía para verificar información.
Y lo raro que noto también es que la sobrina me dice cuando le pido foto del pasaporte que no fue pasaporte el que le dieron si no que una hoja provisional, en esa hoja quedó la fecha que según su madre siempre le dijo que era 20091973, desde entonces viene el inconveniente ya que los documentos que lo identifican en Estados Unidos tienen fecha 20091973 y su partida dice 20081973.