COLEGAS SALUDOS CORDIALES Y EXITOS!!!
SERA QUE ME PUEDEN AYUDAR CON SUS CONOCIMIENTOS EN ESTA AREA.
Resulta que soy Acreedor Hipotecario y me ha incumplido el deudor, entonces, me surge la duda: SERA QUE PUEDO REPRESENTARME A MI MISMO EN EL PROCESO? claro, sin necesidad de Apoderado. he leído el Art. 67 CPCM, pero aun me quedan dudas, pues habla de que la procuracion debe recaer sobre un Abogado, pero, si yo lo soy, creo que puedo representarme a mi mismo, y firmar la Demanda como tal... SI ALGUIEN CONOCE MEJOR EL TEMA, LES AGRADECERÍA SU COMENTARIO...
Al respecto el encabezado, como seria?. Que bajo juramento le declaro que no poseo ninguna de las inhabilidades para ejercer la Procuración, a las que se refiere el artículo sesenta y siete del Código Procesal Civil y Mercantil y que en el carácter antes expresado vengo a demandar a......
y en mi carácter personal vengo a demandar a .....
Ramirez y Asociados
wsp 75944115
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Abogado Laboralista