Saludos, mi pregunta es la siguiente: me caducaron una herencia por inactividad, pero como moverme si el 17 de marzo me entregan la publicación y el 18 de marzo llevé a publicar los edictos de la interina al Diario Oficial, luego el 21 de mismo mes dicen cuarentena total, posteriormente que vamos por fase, no hay transporte, pregunto abrá jurisprudencia de suspension de plazos procesales, para revertir la caducidad de instancia por la razón que no pude presentar dichas publicaciones es por la cuarentena??? justo hoy me notificaron de la caducidad, así que estoy contra el tiempo. AUXILIO:(
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8
En la página de la Corte están las sentencias sobre la suspensión de los plazos y hay un decreto en la página de la Asamblea; alega que ahí no se cumple el precepto pues entramos a una situación fortuita y la mayoría de instituciones e incluso juzgados han estado cerrados.- Suerte colega
la ley regula que al justo impedido no le corre el termino, presente escrito ante esa resolución de caducidad de la instancia y argumento el caso fortuito con la fundamentacion que usted expone en su pregunta, acuerdese que puede apelar de esa resolucion por dicho motivo, si es posible relacione el decreto que suspendio plazos.