Buenas noches colegas! Entiendo la validez de las letras de cambio. Pero tengo un cliente que alquila un cuarto de una casa porque estudia en San Salvador y ella es de San Miguel, firmo letras de cambio, resulta que ella pago en marzo, pero luego se aprobó la cuarentena y Retorno a San Miguel a su casa, resulta que la propietaria le está cobrando los meses de abril, mayo, junio, pero ella desde marzo no vive ahí! Mi pregunta tienen validez juridicas las letras de cambio siempre?
Buenas tardes colega, lo que usted comenta es uno de los problemas jurídicos más comunes en las personas que se obligan a pactos o contratos. La letra de cambio es independiente del acto que le permitio ser creada, ya que al haber un contrato y anexado un titulo valor ambas son obligaciones pero una no depende de la otra, y en estos casos quien firma un contrato responde de lo que en el se dice, y quien emite una letra de cambio responde de lo que en ella esta escrito. Lo que nos lleva a que su clienta debe de responder por ambas obligaciones, pero en una de ellas que sería el contrato de arrendamiento podria determinar como excepciones o causales de terminación la situación de la pandemia actual, ya que mundialmente estamos siempre en alerta. Y lo último negociar con la dueña de la casa que le de tiempo para poder cancelarle unos meses así dejaría inactiva la demanda por las letras de cambio. Todo lo que le digo pues es para mermar y ganar tiempo para poder solventar la situación que tiene su clienta en estos momentos, ya que no sabemos si se volverá a decretar cuarentena en unas semanas de nuevo.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Hernandez007, Marcela Mejia