Embargo de sueldo AYUDA..

09 Mar 2020 15:25 #1 por GG2020
Embargo de sueldo AYUDA.. Publicado por GG2020
Hola buenas tardes, actualmente tengo un trabajo de medio tiempo (llevo 6 meses laborando) el cual mi sueldo es de $95 y llevo 2 cuotas de atraso con una tarjeta de credito con el BAC, y por desgracia recibo mi pago a través de ese banco.

Aclarar que hace 3 años opté por un préstamo bancario con el Davivienda  con una cuota de $65 dolares el cual llevo al día.
¿Puede dicho banco retener mi sueldo? ¿Que hacer si el banco retiene mi sueldo, pues revisando la BAC en Línea me aparece un saldo retenido de $84.90 el cual se haría efectivo en mi primer quincena de este mes?

Espero su pronta respuesta.....

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09 Mar 2020 15:40 #2 por bambi
Respuesta de bambi sobre el tema Embargo de sueldo AYUDA..
El Banco si usted esta en mora y le cancelan su sueldo a través de ese, todo lo que le depositen se lo retendrá y despues le haran devolucion del sobrante. Conocí de un caso de una persona que tenia una mora con el banco agricola y le retuvieron sueldo y aguinaldo en diciembre y despues le devolvieron el sobrante. por eso se lo aseguro con toda seguridad que si le depositan se lo quitara. mejor que le den un cheque aunque sea de ese mismo banco. 

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10 Mar 2020 12:41 #3 por jcrodezno
Respuesta de jcrodezno sobre el tema Embargo de sueldo AYUDA..
Cuando usted firma el contrato de apertura de la cuenta de ahorro o corriente en un banco, se incluye una cláusula de autorización para que, en caso de mora con el Banco emisor de la cuenta, se pueda retener del saldo de la misma, las cantidades necesarias para amortizar la mora de ese crédito que usted tenga (incluye cualquier tipo de deuda).

Sin embargo, aunque es un elemento muy común, tengo entendido que ya hay resoluciones de la Defensoría del Consumidor, en el que se ha determinado esta, como una cláusula abusiva y que no es aplicable, en protección del derecho del consumidor. Así mismo, tengo conocimiento que han habido personas, que en casos como estos, han acudido incluso a la Fiscalía General de la República, toda vez que al efectuar la retención, se entiende que han incurrido en el delito de Apropiación o Retención indebida.

Hay que hacer uso del sistema para defender sus derechos. Le sugiero que acuda a la Defensoria en primera instancia, para que no le sigan reteniendo pagos.

Por otro lado, veo que dice que labora a medio tiempo y que por ese medio tiempo recibe un pago de $95. Déjeme decirle que, dependiendo de la cantidad de horas diarias que usted labore (si es medio tiempo, deberían ser máximo 4 horas), debería estar devengando mensualmente un salario no menor a $150, siempre que labore 4 horas.

Suerte con lo del Banco. 

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