buenas tardes estimados colegas, les expongo mi duda, deseando que con sus experiencias me puedan ayudar: TENGO UN CLIENTE QUE MANIFIESTA QUE EN EL AÑO 1996 UNA EMPRESA DE AUTOMÓVILES LE EMBARGO UNA PROPIEDAD ATRAVEZ DE UN PROCESO EJECUTIVO, PERO SE DIO EL CASO QUE EL ARREGLO EXTRAJUDICIALMENTE CON LA EMPRESA, PERO AUN ESTA ACTIVO EL GRAVAMEN EN LA PROPIEDAD, AL VERIFICAR CON LA EMPRESA, ADMITEN QUE EN EFECTO NO HAY DEUDA Y QUE EN SU TIEMPO ELLOS DEBIERON SOLICITAR UN DESISTIMIENTO,
la duda es la siguiente: el proceso se ventilo en el juzgado segundo de lo civil; pero cuando hicieron la conversión de los juzgados a civil y mercantil, no se que juzgado deberá tener ese expediente para consultarlo, he buscado información que dice que el juzgado primero de lo civil conocería lo de los demás juzgados que fueron convertidos, pero la verdad no se a cual acudir. agradezco mucho de antemano sus comentarios. buen día.