Buen dia y bendiciones para todos y todas tengo un caso que se me complico ya que presente un divorcio por mutuo consentimiento y me fijaron la audiencia pero el juez dio no a lugar el divorcio ya que en el convenio el padre que aportara alimentos a sus hijos rindio caucion juratoria y el juez es del criterio que tiene que ser una garantia real y dijo en la resolucion que la caucion juratoria solo se aplica si demuestra solvencia economica y buena reputacion segun el arti 311 cf. Agradeceria sus aportes al tema y alguno de los colegas tenga conocimiento del criterio de la camara de Familia de San Miguel para la apelacion.
colaborando un poco a su pregunta, he escuchado a un juez de familia y a la vez capacitador de CNJ que debe ser aceptada la causion juratoria, dado que la contempla la ley, y que parece que ya hay resolución de cámara al respecto.
El siguiente usuario dijo gracias: maricela quintanilla, Lawyer_DKHA