Buenas noches, mi cliente me dice que en 2014 en juicio ejecutivo resultó la sentencia fue favorable por caducidad y dice que según oficio se le tenía que devolver según dice el, pagarle una cantidad de $4,000 ya que lo habían embargado
mi pregunta es, si en realidad es cierto que se le puede devolver ese dinero ? Y si es así él quiere que le devuelvan y no le han pagado desde que se emitió sentencia en el 2014, aún puede exigir el pago y como se debe de proceder, de antemano gracias.
Si, le pueden devolver lo embargado si se declaró la caducidad de la instancia. Revise el caso y vea si enviaron el oficio a la Pagaduría (si fue embargo de salario), donde se ordenaba devolver lo retenido. Si no tenía más embargos en cola, le tendrían que emitir el cheque de devolución, pero si tenia algún otro proceso con embargo en cola, el pagador pondrá lo retenido a la orden de esa nueva ejecución.
Sino emitieron el oficio, muéstrese parte en el proceso y pida que libren el oficio.