Buenas tardes, colegas, les pido su colaboración con esta duda:
Hace poco inicié unas diligencias de aceptación de herencia INTESTADA y al recibir el informe de la Oficialía Mayor, aparece que el causante formalizó testamento abierto en diciembre de 1982. ¿En este caso al igual que cuando ya se han promovido otras diligencias de aceptación o de declaración de yacencia (art. 19 1° LENJVYOD), debo abstenerme de conocer y remitir al Juzgado competente (art. 2 LENJVYOD)?
Comprendo que en este escenario mandará el testamento, pero dejo de conocer inmediatamente o es necesario que pida tetsimonio de dicho testamento a la Sección del Notariado o lo hará el juez competente en su momento?
Es primera vez que me veo ante esta situación. Les agradeceré sus comentarios.