Si fallece el padre sin haber dejado testamento ,los hijos y su esposa ocupan la casa, hay otros hijos que no aparecen desde hace 5 años..¿En qué calidad jurídica quedan quienes quienes ocupan la casa?
Sobre tu duda en el articulo 988.- Son llamados a la sucesión intestada:1º Los hijos, el padre, la madre y el cónyuge, y en su caso el conviviente sobreviviente;
2º Los abuelos y demás ascendientes; los nietos y el padre que haya reconocido
voluntariamente a su hijo;
3º Los hermanos;
4º Los sobrinos;
5º Los tíos;
6º Los primos hermanos; y,
7º La Universidad de El Salvador y los hospitales.
Te expresa quienes son llamados a la sucesión intestada esta es cuando no hay testamento por lo tanto tus clientes pueden iniciar la aceptación de herencia vía judicial o notarial aquí dependerá los recursos económicos para iniciar el tramite pero si los hijos son menores de edad solo se puede hacer vía judicial.-
P. D. en la sección de descargas hay modelos de aceptación de herencia vía judicial y notarial.-