Si se puede hacer y tienes dos vía de hacerlo por la vía judicial que es en los tribunales de familia y por vía Notarial en este caso solo se podrá si la persona fallecida fue mayor de edad al momento de fallecer, LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA Y DE OTRASDILIGENCIAS, en relación con la Ley de Notariado.-
P. D. podes encontrar modelos en la sección de descargas.-
Claro que si se puede hacer lo primero que vas hacer son diligencias de estado familiar SUBSIDIARIO DE NACIMIENTO DE MI HIJO, para comprobar la existencia de nacimiento seguirás las reglas establecidas en la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias con relación en la Ley de Notariado si lo hace vía Notarial quien tiene que iniciar dicho tramite seria los padres o un familiar del difunto aunque lo mas ideal seria los padres cualquiera de los dos y para no tener mayores problemas te recomiendo que lo hagas vía judicial una vez establecido si nacimiento en el respectivo Estado Familiar de la Alcaldía Municipal del lugar de origen, podrás iniciar las diligencias de estado familiar subsidiario de Fallecimiento de Hijo siempre iniciada por los padres que es lo mas ideal y que pueden dar fe legal de la existencia y fin de sus hijo y todo lo puedes hacer vía judicial en el tribunal competencia en materia de familia.-