En esta ocasion me gustaria solo conocer puntos de vista de los tiempos que cada uno considera permisibles que un juzgado pueda resolver, en especial un civil y mercantil, he llevado procesos de Diligencias de Aceptación de Herencia en un juzgado en el cual el proceso duro no mas de 6 meses y he llevado procesos de diligencias de aceptación de herencia que han durado prácticamente un año. Tomando en cuenta que ambos procesos tienen las mismas características con la gran diferencia. Por ejemplo que en el primer caso el juez tardo tres dias para una vez presentado la tercera publicación, resolvió declarar heredero definitivo a mi mandante y en el segundo caso el juez tardo un mes y medio para resolver una vez presentada la tercera publicación de la declaratoria interina y resuelve previniendo que debo de presentar las dos publicaciones primeras de esas tres. Ahora bien si es cierto que los juzgados a lo mejor no tienen la misma carga laboral, pero que la resolución es emitida 30 días antes de ser firmada . Considero existe poca diligencia por parte del segundo juzgado y me gustaria empaparme sobre ubicar legislación bajo la cual nos amparemos para tratar de que el sistema judicial mejore en tales situaciones.