Saludos cordiales.
Es mi primera vez, que llevare diligencias de aceptación de herencia intestada, mi pregunta es:
1. En que momento se hacen los repudios, ya que la madre del causante y el hijo del causante, van a repudiar.
2. Los respudios se hacen en Acta notarial o en escritura publica.
De ante mano mis agradecimientos.
El que no ama no ha conocido a Dios, porque Dios es Amor.
Buenas noches colega.
El repudio lo puede hacer en acta notarial, pero de igual manera siempre notifican a las personas para que repudien de manera expresa.
Asi que no gaste energia en hacer las actas de repudacion del derecho hereditario, y elaborar la solicituda de aceptacion de herencia, y manifieste que hay mas personas las cuales tienen derecho en la presente herencia, para que de esas manera se les cita y se presenten a ejercer su derecho de opcion, que es repudiar o aceptar.
Mandeme un correo y le mando un modelito.
Atte. Lic Ivan Serrano.
Gracias Lic. Ivan, por su respuesta, lo único que dichas diligencias las llevare via Notarial.
Si me puede ilustrar mas, me ayudaría mucho. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El que no ama no ha conocido a Dios, porque Dios es Amor.
muy buenas tardes colega, le pido de favor que me envíe las diligencias de aceptación de herencia que usted tramitó, involucrando un repudio, de ante mano gracias. mi correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.